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Documento BOE-A-1979-4216

Resolución de la Dirección General de la Energía por la que se autoriza a «Empresa Nacional Hidroeléctrica del Ribagorzana, S. A.», el establecimiento de la línea de transporte de energía eléctrica que se cita y se declara en concreto la utilidad pública de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 36, de 10 de febrero de 1979, páginas 3628 a 3628 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-4216

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en las Delegaciones Provinciales de este Ministerio en Huesca y Lérida, a instancia de «Empresa Nacional Hidroeléctrica del Ribagorzana, S. A.», con domicilio en Barcelona, paseo de Gracia, número 132, solicitando autorización para instalar una línea de transporte de energía eléctrica y la declaración en concreto de la utilidad pública de la misma, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y en el capítulo III del Decreto 2619/1966, sobre expropiación-forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y Ley de 24 de noviembre de 1939,

Esta Dirección General de la Energía, a propuesta de la Sección correspondiente de la misma, ha resuelto:

Autorizar a «Empresa Nacional Hidroeléctrica del Ribagorzana, Sociedad Anónima», el establecimiento de una línea de transporte de energía eléctrica a 25 KV. de tensión; simple circuito trifásico, conductor de cobre de 26 milímetros cuadrados de sección, apoyos de madera, metálicos y de hormigón. Tendrá su origen en el parque de la C. H. «Vilaller», término municipal de Villaler (Lérida), y final en la C. H. «Bono», término municipal de Bono (Huesca). Su longitud total es de 5.967 metros, de los cuales 4.465 metros afectan a la provincia de Lérida y 1.502 a la provincia de Huesca.

Su finalidad es contribuir a la mejora de la red de distribución mediante el enlace de C. H. «Vilaller» y C. H. «Bono», así como el suministro eléctrico a las zonas que atraviesa.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/ 1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, v en su Reglamento de aplicación, aprobado por Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.

Esta intalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, debiendo solicitarse la indicada aprobación en un plazo máximo de cuatro meses. Caso de no ser factible lo anteriormente expuesto, se procederá per el peticionario de la autorización a cumplimentar lo que para concesión de prórrogas se ordena en el capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio.

Lo que digo a V. S.

Dios guarde a V. S. muchos años.

Madrid, 29 de diciembre de 1978.–El Director general, Ramón Leonato Marsal.

Sres Delegados provinciales del Ministerio de Industria y Energía en Huesca y Lérida.

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