Visto el expediente de indulto de Rafael Sánchez Porras, condenado por la Audiencia Provincial de Córdoba, en sentencia de treinta de septiembre de mil novecientos setenta y siete, como autor de un delito de robo, a la pena de cinco años de presidio menor, y teniendo en cuente las circunstancias que concurren en los hechos;
Vistos la Ley de dieciocho de junio de mil ochocientos setenta, reguladora de la gracia de indulto y el Decreto de veintidós de abril de mil novecientos treinta y ocho;
De acuerdo con el parecer del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veintinueve de diciembre de mil novecientos setenta 7 ocho,
Vengo en indultar a Rafael Sánchez Porras, conmutando la expresada pena privativa de libertad por la de dos años y cuatro meses de presidio menor.
Dado en Madrid a veintinueve de diciembre de mil novecientos setenta y ocho.
JUAN CARLOS
El Ministro de Justicia,
LANDELINO LAVILLA ALSINA
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