Ilmo. Sr.: Habiéndose dictado por la Sala Cuarta del Tribunal Supremo con fecha 29 de septiembre de 1978 sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 402.496, interpuesto por don Miguel Vázquez Sánchez, sobre concentración parcelaria; sentencia, cuya parte dispositiva, dice así:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de don Miguel Vázquez Sánchez, contra la resolución del Ministerio de Agricultura de fecha veintiuno de febrero de mil novecientos setenta y dos, confirmatoria en alzada de la dictada por la Comisión Central de Concentración Parcelaria de nueve de junio anterior, debemos declarar y declaramos válidos y ajustados a derecho ambos actos administrativos, sin imposición de costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Lo que comunico a V. I.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 3 de enero de 1979.–P. D., el Subsecretario, José María Martín Oviedo.
Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.
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