Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial, cuya descripción se reseña a continuación, solicitando autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en los capítulos III del Decreto 2617/1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas; Decreto 2619/1966, de 20 de octubre; Reglamento de Líneas Eléctricas Aéreas de Alta Tensión, de 28 de noviembre de 1968, y Reglamento de 23 de febrero de 1949, y de acuerdo con lo ordenado en la Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria,
Esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía, ha resuelto autorizar administrativamente y aprobar el proyecto de ejecución de la siguiente instalación eléctrica:
a) Peticionario: «Compañía Sevillana de Electricidad, Sociedad Anónima».
b) Domicilio: Granada, Escudo del Carmen. 31.
c) Línea eléctrica.
Origen: Línea que va a fábrica de aceite del señor Bobadilla.
Final: Centro de transformación.
Términos municipales afectados: Loja.
Tipo: Aérea y subterránea.
Longitud en kilómetros: 4,082 y 0,030.
Tensión de servicio 25/20 kV.
Conductores: Aluminio-acero de 54,59 milímetros cuadrados y aluminio de 1 por 150 milímetros cuadrados 18/30 kV.
Apoyos: Metálicos.
Aisladores: Cadenas 4 «Esa» 1503 y «Arvi» 42.
Potencia a transportar: 1.000 kVA.
d) Estación transformadora:
Emplazamiento Riofrío.
Tipo: Interior.
Potencia 1.000 kVA.
Relación de transformación: 25-20 kV. ± 5 por 100/380-220 voltios.
e) Procedencia de los materiales: Nacional.
f) Presupuesto: 3.113.599 pesetas.
g) Finalidad de la instalación: Abastecer energía eléctrica a las obras para fábrica de cementos de Riofrío.
h) Referencia: 2.400/A. T.
Las obras se ajustarán, en lo que no resulte modificado por la présente resolución o por las pequeñas variaciones que, en su caso, puedan ser autorizadas, al proyecto presentado, con las obligadas modificaciones que resulten de su adaptación a las instrucciones de carácter general y Reglamentos vigentes, quedando sometidas las instalaciones a la inspección y vigilancia de esta Delegación Provincial.
Se observarán los condicionados emitidos por Comisaría de Aguas del Guadalquivir, Ayuntamiento de Loja y Renfe.
El plazo de puesta en marcha será de un mes.
El peticionario dará cuenta por escrito del comienzo y terminación de las obras, a efectos de reconocimiento y extensión del acta de puesta en marcha.
Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación que se autoriza, a los efectos que determina la Ley 10/1966, de 18 de marzo (sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas), y su Reglamento, aprobado por Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.
Granada, 12 de enero de 1979.–El Delegado provincial, Huberto Meersmans Hurtado.–768-14.
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