Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial, cuya descripción se reseña a continuación, solicitando autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en los capítulos III del Decreto 2617/1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas; Decreto 2619/1966, de 20 de octubre, y Reglamento de Líneas Eléctricas Aéreas de Alta Tensión, de 28 de noviembre de 1968, y de acuerdo con lo ordenado en la Ley de 24 de noviembre de 1939 sobre ordenación y defensa de la industria,
Esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía ha resuelto:
Autorizar administrativamente y aprobar el proyecto de ejecución de la siguiente instalación eléctrica:
a) Peticionario: «Compañía Sevillana de Electricidad, Sociedad Anónima».
b) Domicilio: Málaga, Maestranza, número 4.
c) Línea eléctrica:
Origen: Apoyo número 19 de la línea, a 20 KV., Urcugran-Arenales.
Final: Futura subestación «Iznalloz».
Términos municipales afectados: Albolote, Deifontes e Iznalloz.
Tipo: Aérea.
Longitud en kilómetros: 12,464.
Tensión de servicio: 66 KV.
Conductores: Aluminio-acero de 181,6 milímetros cuadrados.
Apoyos: Metálicos.
Aisladores: Cadena 6 «ESA»-1.512 y 6 «ESA»-70/127.
Potencia a transportar: 20 MW.
d) Procedencia de los materiales: Nacional.
e) Presupuesto: 10.000.000 de pesetas.
f) Finalidad de la instalación: Alimentación de la red de media tensión de la zona de Iznalloz y pueblos próximos.
g) Referencia: 2.588/A.T.
Las obras se ajustarán, en lo que no resulte modificado por la presente resolución o por las pequeñas variaciones que, en su caso, puedan ser autorizadas, al proyecto presentado, con las obligadas modificaciones que resulten de su adaptación a las instrucciones de carácter general y Reglamentos vigentes, quedando sometidas las instalaciones a la inspección y vigilancia de esta Delegación Provincial.
Se observarán los condicionados emitidos por Jefatura Provincial de Carreteras. Comisaría de Aguas del Guadalquivir, excelentísima Diputación Provincial, Compañía Telefónica Nacional de España y Ayuntamientos de Iznalloz y Deifontes.
El plazo de puesta en marcha será de doce meses.
El peticionario dará cuenta por escrito del comienzo y terminación de las obras, a efectos de reconocimiento y extensión del acta de puesta en marcha.
Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación que se autoriza, a los efectos que determina la Ley 10/1966, de 18 de marzo (sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas), y su Reglamento, aprobado por Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.
Granada, 16 de enero de 1979.–El Delegado provincial, Huberto Meersmans Hurtado.–770-14.
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