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Documento BOE-A-1979-5553

Orden de 26 de enero de 1979 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Supremo en grado de apelación en el recurso contencioso-administrativo número 20.047, promovido por «Fuerzas Eléctricas de Cataluña, Sociedad Anónima», y la «Sociedad Productora de Fuerzas Motrices, S. A.», contra resoluciones de este Ministerio de 20 de octubre de 1975 y 29 de octubre de 1976.

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 22 de febrero de 1979, páginas 4803 a 4803 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-5553

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: En el recurso contencioso-administrativo número 20.047, interpuesto ante la Audiencia Nacional de Madrid por «Fuerzas Eléctricas de Cataluña, S. A.», y la «Sociedad Productora de Fuerzas Motrices, S. A.», contra resolución de este Ministerio de fechas 20 de octubre de 1975 y 29 de octubre de 1976, se ha dictado con fecha 16 de octubre de 1978 sentencia por el Tribunal Supremo en grado de apelación, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que dando lugar al recurso de apelación en cuestión, interpuesto por la Abogacía del Estado, contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de fecha treinta de diciembre de mil novecientos setenta y siete, debemos revocar y revocamos la misma, declarando no haber lugar al recurso contencioso-administrativo interpuesto por "Fecsa, S. A." y la "Sociedad Productora de Fuerzas Motrices, S A ", contra las resoluciones de veinte de octubre de mil novecientos setenta y cinco y veintinueve de octubre de mil novecientos setenta y seis, del Director general de Energía y del Ministerio de Industria, respectivamente, las cuales confirmamos en su totalidad, todo ello sin la expresa condena en costas de ambas instancias.

Así por esta nuestra sentencia, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" e insertará en la "Colección Legislativa", definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

En su virtud, este Ministerio, en cumplimiento de lo prevendio en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 26 de enero de 1979.–P. D., el Subsecretario, Manuel María de Uriarte y Zulueta.

Ilmo. Sr. Subsecretario de este Departamento.

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