En el recurso contencioso-administrativo número 1.122/76, interpuesto ante la Audiencia Territorial de Madrid por «Vidrieras Españolas Vicasa, S. A.», contra resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 22 de abril de 1978, se ha dictado, con fecha 20 de octubre de 1978, sentencia por la Audiencia Territorial de Madrid, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que, desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don José de Murga Rodríguez, en nombre y representación de “Vidrieras Españolas Vicasa, S. A.”, contra el acuerdo del Registro de la Propiedad Industrial de veintidós de abril de mil novecientos setenta y seis que estimó el recurso de reposición interpuesto por “Giralt Laporta, S. A.”, contra el acuerdo de siete de mayo de mil novecientos setenta y cinco que concedió el modelo industrial número setenta y nueve mil veintiséis por “un envase”, debemos declarar y declaramos no haber lugar al mismo por estar ajustados al ordenamiento jurídico los mencionados acuerdos; sin hacer especial condena en costas.
Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»
En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. S. muchos años,
Madrid, 30 de enero de 1979.‒El Director del Registro, Antonio Villalpando Martínez.
Sr. Secretario general del Registro de la Propiedad Industrial.
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