Contido non dispoñible en galego
Ilmo. Sr.: Vista la petición formulada por el Director del Centro no estatal de primer grado de Formación Profesional «Academia Mercantil Sevillana», de Sevilla, sobre cesión de la titularidad a su hijo José María Jiménez García,
Teniendo en cuenta que se presenta documento notarial por el que se constituye el referido Centro en Sociedad anónima, y que figura como miembro de la misma el que hasta esta fecha ostenta la Dirección e igualmente su hijo, así como que en documento suscrito por el primero se expresa la cesión en favor del último de la repetida titularidad, y que únicamente afecta jurídicamente al cambio de persona sin modificación de cualquier otra situación, y los informes favorables del Coordinador provincial de Formación Profesional y del Delegado provincial de Educación y Ciencia,
Este Ministerio ha resuelto acceder al cambio de titularidad del Centro no estatal de primer grado de Formación Profesional «Academia Mercantil Sevillana», de Sevilla, que a partir de ahora recaerá en don José María Jiménez García, quedando modificada en este sentido la Orden de 4 de mayo de 1976 («Boletín Oficial del Estado» de 7 de septiembre) por la que se le concedió la autorización definitiva.
Por la Dirección General de Enseñanzas Medias se adoptarán las medidas oportunas para el mejor desarrollo e interpretación de la presente Orden.
Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V I
Madrid, 11 de abril de 1978.–P. D., el Subsecretario, Antonio Fernández-Galiano Fernández.
Ilmo. Sr. Director general de Enseñanzas Medias.
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