Por Decreto de quince de septiembre de mil novecientos setenta y ocho, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» del día treinta y uno de octubre del mismo año, se declaró de utilidad pública y urgente ejecución la concentración parcelaria de Collazos de Boedo (Palencia), fijando como perímetro de la zona el del término municipal del mismo nombre.
En esta declaración se ha cometido el error, que se califica de material, de no haber excluido del perímetro descrito la superficie correspondiente a la Entidad local menor de Oteros de Boedo, que es anejo del Ayuntamiento de Collazos de Boedo y que fue objeto de promulgación de concentración parcelaria en Real Decreto aparte.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Agricultura, formulada con arreglo a lo que establecen las vigentes Leyes de Procedimiento Administrativo y de Reforma y Desarrollo Agrario, previa deliberación del Consejo de Ministros del día veintiséis de enero de mil novecientos setenta y nueve,
DISPONGO:
Queda excluida del perímetro de concentración parcelaria, fijado por Real Decreto de quince de septiembre de mil novecientos setenta y ocho para la zona de Collazos de Boedo (Palencia), la superficie correspondiente a la Entidad local menor de Oteros de Boedo
Dado en Madrid a veintiséis de enero de mil novecientos setenta y nueve.
JUAN CARLOS
El Ministro de Agricultura.
JAIME LAMO DE ESPINOSA Y MICHELS DE CHAMPOURCIN
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid