El ilustrísimo señor Director general de Puertos y Costas, con esta fecha y, en uso de las facultades delegadas por Orden ministerial de 19 de septiembre de 1955 («Boletín Oficial del Estado» del 26), ha resuelto lo siguiente:
Anular las Ordenes ministeriales de 20 de mayo de 1940 y 20 de agosto de 1943, por las que se autorizaba a don Ambrosio Ferrer Sivera la ocupación de una parcela en la zona marítimo-terrestre del término municipal de Jávea (Alicante), así como la. Orden ministerial de 9 de enero de 1976, por la que se transfería a título hereditario la anterior concesión.
Legalizar a favor de don Ambrosio Ferrer Bisquert y otros, las obras realizadas y autorizar las que falten por realizar, de manera que respondan fielmente al proyecto ajustado al plan de ordenación de la zona, ocupando terrenos de dominio público de la zona marítimo-terrestre, en el término municipal de Jávea (Alicante), con arreglo a las siguientes características:
Provincia: Alicante.
Término municipal: Jávea.
Destino: Legalizar las obras realizadas y autorizar las que faltan por terminar, de acuerdo con el plan de ordenación de la zona, en terrenos de dominio público de la zona marítimo-terrestre.
Plazo concedido: Treinta años.
Canon unitario: Cuarenta pesetas por metro cuadrado y año a partir del conocimiento de esta Orden, ministerial, y 100 pesetas a partir del reconocimiento de las obras.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Madrid, 31 de enero de 1979.–P. D., el Director general de Puertos y Costas, Carlos Martínez Cebolla.
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