En el recurso contencioso-administrativo número 96/76, interpuesto ante la Audiencia Territorial de Madrid por «Larma, S. A.», contra resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 18 de octubre de 1974, se ha dictado, con fecha 6 de noviembre de 1978, sentencia por la Audiencia Territorial de Madrid, cuya parte dispostiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Letrado don Alejandro Vallejo Merino, en nombre y representación de "Larma, S. A.", contra el acuerdo del Registro de la Propiedad Industrial de dieciocho de octubre de mil novecientos setenta y cuatro, que concedió la inscripción de la marca número seiscientos seis mil treinta y seis, "Popovulin", y contra la denegación presunta del recurso de reposición deducido contra tal acuerdo, declaramos no haber lugar al mismo por ser conformes a derecho tales actos administrativos; sin hacer especial imposición de costas.
Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»
En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. S. muchos años.
Madrid, 28 de febrero de 1979.–El Director del Registro, Antonio Villalpando Martínez.
Sr. Secretario general del Registro de la Propiedad Industrial.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid