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Visto el expediente de indulto de José Torres Maldonado, condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona, en sentencia de veintiocho de abril de mil novecientos setenta y siete, como autor de un delito de robo, con fuerza en las cosas, la pena de diez años y un día de presidio mayor, y teniendo en cuenta las circunstancias que concurren en los hechos;
Vistos le Ley de dieciocho de junio de mil ochocientos setenta, reguladora de la gracia de indulto, y el Decreto de veintidós de abril de mil novecientos treinta y ocho;
De acuerdo con el parecer del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, a propuesta del Ministro de Justicia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veintiséis de enero de mil novecientos setenta y nueve,
Vengo en indultar a José Torres Maldonado de una cuarta parte de la expresada pena privativa de libertad impuesta en la referida sentencia.
Dado en Madrid a veintiséis de enero de mil novecientos setenta y nueve.
JUAN CARLOS
El Ministro de Justicia,
LANDELINO LAVILLA ALSINA
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