Ante la proximidad de la época de siembra, procede definir el plan de distribución de semillas de algodón a utilizar en las diferentes zonas algodoneras.
En consecuencia, teniendo en cuenta las disponibilidades de semillas y el comportamiento contrastado de las distintas variedades, este Centro directivo ha tenido a bien resolver:
Las regiones algodoneras continuarán definidas para la campaña 1979/80 de la siguiente manera:
Primera región: Comprende las provincias de Avila, Toledo, Cáceres, Badajoz y Ciudad Real.
Segunda región: Comprende las provincias de Huelva, Sevilla, Córdoba, Jaén, Málaga, Granada y Cádiz.
Tercera región: Comprende las provincias de Alicante y Murcia.
Las variedades de semilla de algodón de tipo americano que podrán utilizarse serán las siguientes:
Primera región: Variedades «153-F», «Coker-310», «Coker-201 (Carolina Queen)», «Promese» y «Acala SJ».
Segunda región: Variedades «153-F», «108-F», «Coker-201 (Carolina Queen)», «Coker-310» y «Promese», limitadas las dos primeras a las Vegas Altas del Guadalquivir, provincia de Málaga y término de La Roda de Andalucía, en Sevilla.
Tercera región: Variedades «Coker-201 (Carolina Queen)», «Acala SJ» y «Coker-310».
Aparte de los casos de multiplicación de semillas selectas bajo la vigilancia del Instituto Nacional de Semillas y Plantas de Vivero, podrán sembrarse variedades distintas de las que figuran relacionadas para cada región cuando, con fines de ensayo, sean previamente aprobadas por esta Dirección General y siempre bajo su directo control y supervisión.
Madrid, 7 de marzo de 1979.–El Director general, José Luis García Ferrero.
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