Doña Elisa Martín Castelo instituyó al Gran Hospital del Estado (Ministerio de Sanidad y Seguridad Social A. I. S. N.) y a la Ciudad Sanitaria Francisco Franco (Diputación Provincial de Madrid) herederos de sus bienes por disposición testamentaria.
Producido el óbito de doña Elisa Martín Castelo procede aceptar la herencia.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Hacienda y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veinte de febrero de mil novecientos setenta y nueve.
DISPONGO:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo veinticuatro de la Ley del Patrimonio, se acepta a beneficio de inventario la mitad proindivisa de la herencia dejada a su fallecimiento por doña Elisa Martín Castelo.
En pago de dicho derecho hereditario se han adjudicado al Estado cinco mil veinticinco pesetas en efectivo y la mitad proindivisa de los bienes que se detallan en los números dos al treinta y tres de la escritura de protocolización de las operaciones divisorias de la herencia dejada por doña Elisa Martín Castelo.
Por el Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General del Patrimonio del Estado, se llevarán a cabo los trámites necesarios a la efectividad de cuanto se dispone en el presente Real Decreto.
Dado en Madrid a veinte de febrero de mil novecientos setenta y nueve.
JUAN CARLOS
El Ministro de Hacienda,
FRANCISCO FERNANDEZ ORDOÑEZ
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