Ilmos. Sres.: Visto el expediente incoado en virtud de petición formulada por el Ayuntamiento de Pegalajar (Jaén) solicitando la creación de una biblioteca publica municipal en dicha localidad;
Visto asimismo el concierto formalizado por el referido Ayuntamiento y el Centro Provincial Coordinador de Bibliotecas de Jaén, en el que se establecen las obligaciones que ambos contraen en cuanto se refiere al sostenimiento y funcionamiento de dicha biblioteca, teniendo en cuenta los informes favorables emitidos por el Director del mencionado Centro Provincial Coordinador de Bibliotecas y el Jefe de la Oficina Técnica del Centro Nacional de Lectura, y de conformidad con lo establecido en el apartado c) del artículo 13 del Decreto de 4 de julio de 1952,
Este Ministerio ha acordado lo siguiente:
Crear la biblioteca pública municipal de Pegalajar (Jaén).
Aprobar el concierto suscrito entre el Ayuntamiento de Pegalajar y el Centro Provincial Coordinador de Bibliotecas de Jato.
Aprobar los reglamentos de régimen interno y de préstamo de libros de la referida biblioteca.
Lo digo a VV. II. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a VV. II muchos años.
Madrid, 6 de marzo de 1979.–P. D., el Subsecretario de Cultura, Fernando Castedo Álvarez.
Ilmos. Sres. Subsecretario de Cultura y Director general del Libro y Bibliotecas.
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