Ilmos. Sres.: El Real Decreto 1558/1977, de 4 de julio, reestructura determinados Organos de la Administración Central del Estado, creando en su artículo 5 el Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, cuya estructura se reguló en el Real Decreto 754/1978, de 14 de abril
La Orden de 6 de mayo de 1973 adapta la composición de la Comisión de Revisión de Precios, estructurada por Orden de 10 de agosto de 1971, a lo dispuesto en la Orden de 28 de abril de 1972.
No obstante, los Reales Decretos precitados, al alterar la estructura del Departamento, hacen necesario poner nuevamente al día la composición de dicha Comisión. Por todo ello,
Este Ministerio ha tenido a bien disponer:
La Comisión de Revisión de Precios del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo será presidida por el Secretario general técnico, actuando como Vicepresidente el Subdirector general de Estudios Económicos y Tecnología.
Formarán parte de la misma un Vocal y un suplente por cada una de las Direcciones Generales de Carreteras, Obras Hidráulicas, Puertos y Costas, Urbanismo, Arquitectura y Vivienda y de la Secretaría General Técnica del Departamento.
La Secretaría de la Comisión estará encomendada al Jefe del Gabinete de Análisis de Costes de la Secretaría General Técnica, asistido por el Jefe del Negociado de Costes de Mano de Obra, en funciones de Secretario adjunto.
Es órgano de trabajo de esta Comisión el Gabinete de Análisis de Costes de la Secretaría General Técnica.
Lo que comunico a VV. II.
Dios guarde a VV. II.
Madrid, 13 de marzo de 1979.
GARRIGUES WALKER
Ilmos. Sres. Subsecretarios, Secretario general técnico y Directores generales del Departamento.
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