Está Vd. en

Documento BOE-A-1981-27082

Cambios que el Banco de España aplicará a las operaciones que realice por su propia cuenta durante la semana del 23 al 29 de noviembre de 1981, salvo aviso en contrario.

Publicado en:
«BOE» núm. 280, de 23 de noviembre de 1981, páginas 27488 a 27488 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Comercio
Referencia:
BOE-A-1981-27082

TEXTO ORIGINAL

Banco de España

Billetes de Banco extranjeros

Cambios que este Banco aplicará a, las operaciones que realice por su propia cuenta durante la semana del 23 al 29 de noviembre de 1981, salvo aviso en contrario.

 

Comprador

Pesetas

Vendedor

Pesetas

Billetes correspondientes o las divisas convertibles admitidas a cotización en el mercado español:    
1 dólar USA:    
  Billete grande (1). 93,77 97,28
  Billete pequeño (2). 92,83 97,28
1 dólar canadiense. 78,82 82,17
1 franco francés. 16,57 17,20
1 libra esterlina. 179,04 185,75
1 libra irlandesa (4). 148,34 153,90
1 franco suizo. 52,22 54,17
100 francos belgas. 224,16 232,56
1 marco alemán. 41,85 43,42
100 liras italianas (3). 7,73 8,50
1 florín holandés. 38,25 39,69
1 corona sueca (4). 16,96 17,68
1 corona danesa. 12,93 13,48
1 corona noruega (4). 16,11 16,79
1 marco finlandés (4). 21,45 22,36
100 chelines austríacos. 594,15 619,40
100 escudos portugueses (5). 139,55 145,48
100 yens japoneses. 42,43 43,74
Otros billetes:    
1 dirham. 13,87 14,44
100 francos CFA. 33,10 34,13
1 cruceiro. 0,66 0,68
1 bolívar. 21,54 22,21
1 peso mejicano. 3,68 3,79
1 rial árabe Saudita. 27,32 28,17
1 dinar kuwaití. 331,03 341,27

(1) Está cotización es aplicable para los billetes de 10 dólares USA y denominaciones superiores.

(2) Esta cotización es aplicable para los billetes de 1, 2 y 5 dólares USA.

(3) Cambios aplicables para billetes de denominaciones de hasta 50.000 liras, inclusive.

(4) Queda excluida la compra de billetes de denominaciones superiores a 100 coronas suecas, 100 coronas noruegas, 100 marcos finlandeses y 20 libras irlandesas.

(5) Las compras se limitan a residentes en Portugal y sin exceder de 5.000 escudos por persona.

Madrid, 23 de noviembre de 1981.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid