El Tribunal Constitucional en el conflicto positivo de competencia interpuesto por el Abogado del Estado en representación del Gobierno, contra el Decreto 45/1981, de 16 de marzo, del Gobierno Vasco, sobre régimen de dependencia de las Cajas de Ahorro de la Comunidad Autónoma Vasca, ha dictado auto de fecha 19 de noviembre del presente año en el que acuerda ratificar la suspensión de los preceptos del Decreto citado, de 16 de marzo, del Gobierno Vasco, impugnados por el Abogado del Estado en representación leí Gobierno de la nación, y de los cuales se hizo expresa mención por el edicto de este Tribunal de 7 de julio de 1681 publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 166 del día 13 de julio, y en el «Boletín Oficial del País Vasco» número 43, de fecha 16 de julio próximos pasados, hasta la decisión sobre los conflictos presentes.
Por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 64.4 de la Ley orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional se publica para general conocimiento.
Madrid 19 de noviembre de 1981.–El Presidente del Tribunal Constitucional, Manuel García-Pelayo y Alonso.
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