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Documento BOE-A-1981-29879

Orden de 3 de diciembre de 1981 por la que se otorgan, por adjudicación directa, los destinos que se mencionan al personal que se cita.

Publicado en:
«BOE» núm. 308, de 25 de diciembre de 1981, páginas 30205 a 30205 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1981-29879

TEXTO ORIGINAL

29879

ORDEN de 3 de diciembre de 1981 por la que se otorgan, por adjudicación directa, los destinos que se mencionan al personal que se cita.

Excmos. Sres.: De conformidad con lo preceptuado en ,a Ley de 15 de julio de 1952 («Boletín Oficial del Estado» número 199), modific8ua por 1- de 30 de marzo q« 1954 («Boletín Oficia: del Estado» número 91:; Ley 195/1983, de 28 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 313), y Orden de 23 de octubre de 1984 («Boletín Oficial del Estado» número 258),

Esta Presidencia del Gobierno dispone:

Artículo 1.º Por haberlo solicitado de la Junta Calificadora de Aspirantes a Destinos Civiles y reunir as condiciones exigidas en la legislación antes citada, se otorgan, por adjudicación directa, los destinos que se indican, que quedan clasificados como de tercera clase, al personal .que se cita.

Uno de Subalterno (Portero de fincas) en el Organismo autónomo Patronato de Casas de la Armada en la Delegación Loca, de Cádiz Ministerio.de Defensa, Cuartel General de ia Armada, a favor del Guardia primero de la Guardia Civil don José Moray Rodríguez, con destino en la 241.ª Comandancia de la Guardia Civil (Cádiz).

Uno de Subalterno en el Consejo Superior de Investigaciones Científ;cas en Salamanca, a favor del Policía primero Nacional don Francisco Sánchez Calderón, con destino en la 12.ª Circunscripción de la Policía Nacional (Salamanca).

Uno de Portero en la excelentísima Diputación Provincial de Lugo, a favor del Policía primero Nacional ion Antonio Núñez Bolaño, con destino en la 8.ª Circunscripción de la Policía Nacional (La Coruña).

Art. 2.° El citado personal que por la presente Orden adquiere un destino civil causará baja en el Cuerpo de procedencia, si ya no lo hubiese sido. pasando a la situación de retirado forzoso e ingresando a todos los efectos en la plantilla del Organismo a que van destinados.

Art. 3 o Para el envió de las credenciales de los destinos civiles obtenidos se dará cumplimiento a la Orden de esta

Presidencia del Gobierno de 27 de marzo de 1953 («Boletín Oficial del Estado» número 88).

Lo digo a VV. EE para, su. conocimiento y efectos.

Dios guarde a VV. EE. mucho., años.

Madrid, 3 de diciembre de 1981.—P. D., e. General Presidente de la Junta Caiificgt-ora de Aspirantes a Destinos Civiles, José Montaner Luque.

Excmos. Sres. Ministros ...

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