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Documento BOE-A-1981-30049

Cambios que este Banco aplicará a las operaciones que realice por su propia cuenta durante la semana del 28 de diciembre de 1981 al 3 de enero de 1982.

Publicado en:
«BOE» núm. 310, de 28 de diciembre de 1981, páginas 30350 a 30350 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Comercio
Referencia:
BOE-A-1981-30049

TEXTO ORIGINAL

BANCO DE ESPAÑA

Billetes de Banco extranjeros

Cambios que este Banco aplicará a las operaciones que realice por su propia cuenta durante la semana del 28 de diciembre de 1981 al 3 de enero de 1982.

   

Comprador

Pesetas

Vendedor

Pesetas

Billetes correspondientes a las divisas convertibles admitidas a cotización en el mercado español:    
1 dólar USA;    
   Billete grande (1) 95,34 98,91
   Billete pequeño (2) 94,39 98,91
1 dólar canadiense 80,34 83,75
1 franco francés 16,59 17,21
1 libra esterlina 180,96 187,75
1 libra irlandesa (4) 149,59 155,19
1 franco suizo 52,60 54,57
100 francos belgas 224,33 232,74
1 marco alemán 41,97 43,54
100 liras italianas (3) 7,89 8,68
1 florín holandés 38,08 39,51
1 corona sueca (4) 17,01 17,74
1 corona danesa 12,83 13,37
1 corona noruega (4) 16,24 18,93
1 marco finlandés (4) 21,59 22,50
100 chelines austríacos 595,95 621,28
100 escudos portugueses (5) 138,57 144,46
100 yens japoneses 43,01 44,34
Otros billetes:    
1 dirham 14,14 14,73
100 francos CFA 33,13 34,16
1 cruceiro 0,66 0,68
1 bolívar 21,70 22,37
1 peso mejicano 3,44 3,55
1 rial árabe Saudita 27,66 28,51
1 dinar kuwaití 330,83 341,06

(1) Esta cotización es aplicable para los billetes de 10 dólares USA y denominaciones superiores.

(2) Esta cotización es aplicable para los billetes de 1, 2 y 6 dólares USA.

(3) Cambios aplicables para billetes de denominaciones de hasta 50.000 liras, inclusive.

(4) Queda excluida la compra de billetes de denominaciones superiores a 100 coronas suecas, 100 coronas noruegas, 100 marcos finlandeses y 20 libras irlandesas.

(5) Las compras se limitan a residentes en Portugal y sin exceder de 5.000 escudos por persona.

Madrid, 28 de diciembre de 1981.

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