Ilmo. Sr.: De acuerdo con el informe emitido por la Comisión Permanente de la Junta Nacional de Universidades, a efectos de oposiciones, concursos de acceso, concursos de traslados y nombramientos de Tribunales para ingreso a los Cuerpos de Catedráticos Numerarios, Profesores Agregados y Profesores Adjuntos de Universidad, a que se refiere el Decreto 2211/1975, de 23 de agosto,
Este Ministerio ha dispuesto:
A los efectos previstos en esta Orden, se declaran análogas a la cátedra de «Arte musulmán» de las Facultades de Filosofía y Letras, las cátedras de:
«Historia del Arte», «Historia del Arte antiguo y medio», «Historia del Arte español», «Historia del Arte medieval árabe y cristiano».
La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo digo a V. I. a los efectos consiguientes.
Madrid, 6 de febrero de 1981.–P. D. (Orden ministerial de 18 de junio de 1979), el Director general de Ordenación Académica y Profesorado, Vicente Gandía Gomar.
Ilmo. Sr. Director general de Ordenación Académica y Profesorado.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid