Real Decreto 482/1981, de 5 de febrero, por el que se establecen contingentes arancelarios, libres de derechos, para la importación de determinados productos siderúrgicos clasificados en los capítulos 73 y 76 que se señalan en el anexo del presente Real Decreto.
[Vigencia agotada]
Publicado en:
«BOE» núm. 69, de 21 de marzo de 1981, páginas 6157 a 6158 (2 págs.)