Por providencia de 9 de junio del presente año se ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Presidente del Gobierno contra la Ley del Parlamento Vasco 2/1982, de 11 de febrero, autorizando al Gobierno Vasco a enajenar el Colegio Menor «Pascual de Andagoya», publicada en el «Boletín Oficial del País Vasco» número 35, de 13 de marzo de 1982. Y se hace saber que en el mencionado recurso se ha invocado por el Presidente del Gobierno el artículo 161.2 de la Constitución que, de acuerdo con el 30 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, produce desde el día 2 de junio corriente, fecha de la formalización, la suspensión de la vigencia y aplicación de la referida Ley impugnada 2/1982, de 11 de febrero, del Parlamento Vasco.
Lo que se publica para general conocimiento.
Madrid, 9 de junio de 1982.–El Presidente del Tribunal Constitucional, Manuel García-Pelayo y Alonso.
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