Orden de 9 de julio de 1982 por la que se establecen los coeficientes reductores aplicables durante 1982 para determinar la cotización de las Empresas excluidas de alguna contingencia y de las autorizadas a colaborar voluntariamente en la gestión de la asistencia sanitaria e incapacidad laboral transitoria derivadas de enfermedad común y accidente no laboral, así como en los supuestos de Convenio Especial y otras situaciones asimiladas a la de alta.
Publicado en:
«BOE» núm. 186, de 5 de agosto de 1982, páginas 21171 a 21172 (2 págs.)