Excelentísimo señor:
Por Orden de 12 de diciembre de 1972 se creó en el Ministerio de Asuntos Exteriores la Oficina de Supervisión de Proyectos en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley de Contratos del Estado y de los artículos 73 y concordantes del Reglamento para su aplicación. Dicha Oficina de Supervisión de Proyectos fue adscrita a la Subdirección General de Administración de la Dirección General del Servicio Exterior.
Al contar este Departamento con una Sección de Arquitectura, unidad técnica especializada en proyectos y obras, igualmente dependiente de la Subdirección General de Administración, parece conveniente que dicha unidad se haga cargo de los cometidos que a la Oficina de Supervisión de Proyectos le son señalados por las disposiciones vigentes para conseguir una mayor agilidad y eficacia en el cumplimiento de su labor.
En consecuencia, este Ministerio ha dispuesto:
La Oficina de Supervisión de Proyectos queda adscrita a la Sección de Arquitectura, encargándose esta unidad de los cometidos señalados, en el artículo 23 de la Ley de Contratos del Estado y los artículos 73 y concordantes del Reglamento para su aplicación.
Quedan derogadas todas las disposiciones y nombramientos referentes a la actual composición de la Oficina de Supervisión de Proyectos del Departamento.
Lo que comunico a V. E. a los efectos oportunos.
Dios guarde a V. E. muchos años.
Madrid, 10 de febrero de 1982.
PEREZ-LLORCA Y RODRIGO
Excmo. Sr. Subsecretario del Departamento.
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