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Documento BOE-A-1982-5773

Real Decreto 3543/1981, de 30 de octubre, por el que se regula la prestación del Servicio Militar por medio del voluntariado especial en el Cuerpo de la Guardia Civil.

Publicado en:
«BOE» núm. 60, de 11 de marzo de 1982, páginas 6441 a 6442 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1982-5773
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1981/10/30/3543

TEXTO ORIGINAL

El Cuerpo de la Guardia Civil que, desde su fundación, en mil ochocientos cuarenta y cuatro, ha venido sirviendo a la Patria con abnegación y eficacia, no ha variado, su estructura, a pesar de las mutaciones habidas en España desde entonces, fundamentadas, principalmente, en el cambio sociopolítico experimentado en nuestra sociedad en tan dilatado periodo.

Los efectivos de la Guardia Civil no han variado sustancialmente desde mil novecientos cuarenta y tres, a pesar de la creación de la Agrupación de Tráfico.

Para el cumplimiento de todas sus misiones más las nuevas encomendadas, el Cuerpo ha tenido que extraer efectivos de su masa principal, es, decir, del medio rural, lo que acarrea un deterioro constante y progresivo de la eficacia del sistema operativo en dicho medio.

Todo ello haría necesario un aumento de los efectivos del Cuerpo para no restarle eficacia. No obstante, y al objeto de no incrementar, en lo posible, el gasto presupuestario, este problema puede solucionarse, no con el aumente de la plantilla general del Cuerpo, sino mediante un sistema de voluntariado militar especial en el que podrían integrarse, los jóvenes españoles por el período que se determine.

Para ello, se hace necesario la utilización, dentro del marco de la Ley cincuenta y cinco/mil novecientos sesenta y ocho, General del Servicio Militar, del voluntario especial en el Cuerpo de la Guardia Civil.

En su virtud, a propuesta de los Ministros de Defensa e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día treinta de octubre de mil novecientos ochenta y uno,

DISPONGO:

Artículo 1.

Por el presente Real Decreto se crea el voluntariado especial para la prestación del Servicio Militar en el Cuerpo de la Guardia Civil, con la denominación de Guardia Civil Auxiliar.

Artículo 2.

Su ingreso y permanencia estarán regulados por Auxiliares, cuya continuación en el mismo resulte inconveniente o perniciosa por su mala conducta o falta de aplicación, quedando en la situación militar que le corresponda, siéndoles de abono, en todo caso, el tiempo servido a efectos del Servicio Militar.

Artículo 3.

Se faculta a los Ministros de Defensa e Interior para que, cada uno, en el ámbito de sus respectivas competencias, desarrollen y apliquen el presente Real Decreto.

Dado en Madrid a treinta de octubre de mil novecientos ochenta y uno.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de la Presidencia.

MATIAS RODRIGUEZ INCIARTE

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 30/10/1981
  • Fecha de publicación: 11/03/1982
  • Fecha de entrada en vigor: 13/03/1982
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE PUBLICA texto íntegro rectificado en el BOE núm. 61, de 12 de marzo de 1982 (Ref. BOE-A-1982-5901).
Materias
  • Cuerpo de la Guardia Civil
  • Servicio Militar
  • Voluntariado

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