Padecidos errores en la inserción del citado Real Decreto, publicado en al «Boletín Oficial del Estado» número 312, de 30 de diciembre de 1981, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 30469, artículo tercero, donde dice; «... en el artículo veintiocho punto ocho punto a)...», debe decir: «... en el artículo veinte punto ocho punto a)...».
En la misma página, en la tabla general de retenciones, en «Más de 4.000.000», correspondiente a 13 hijos, donde dice: «61», debe decir: «19».
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