En aplicación de lo dispuesto en la Orden ministerial de 8 de febrero de 1982 (<Boletín Oficial del Estado> del 11), en la que se determina que el Ministerio de Industria y Energia fijará trimestralmente las subvenciones al suministro interno de hulla nacional destinada a la fabricación de coque, y a propuesta de la Dirección General de Minas, he tenido a bien disponer:
Las subvenciones a los suministradores de hulla nacional destinada a la fabricación de coque durante el segundo trimestre de 1984, con cargo al correspondiente concepto presupuestario, serán las siguientes:
De 1 de abril a 30 de junio, ambos inclusive, 2.002 pesetas por tonelada.
A esta cantidad se incrementarán los conceptos que, en el caso de siderúrgicas alejadas y Empresas suministradoras de León, señala la citada Orden ministerial.
Madrid, 10 de mayo de 1984.-SOLCHAGA CATALAN.
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