Real Decreto 1475/1984, de 2 de agosto, por el que se dispone que durante la ausencia del Ministro de la Presidencia se encargue del despacho de su Departamento el Ministro de Trabajo y Seguridad Social.
Publicado en:
«BOE» núm. 188, de 7 de agosto de 1984, páginas 22941 a 22941 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias