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Documento BOE-A-1984-23223

Ley 4/1984, de 6 de septiembre de 1984 de Aplicación del Superávit del ejercicio 1983.

Publicado en:
«BOE» núm. 246, de 13 de octubre de 1984, páginas 29790 a 29791 (2 págs.)
Sección:
V. Comunidades Autónomas
Departamento:
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Referencia:
BOE-A-1984-23223

TEXTO

El Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha,

Hago saber a todos los ciudadanos de la región que las Cortes de Castilla-La Mancha han aprobado la Ley 4/1983.

Por lo consiguiente, al amparo del artículo 12 número 2 del estatuto de autonomía, aprobado por Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto, en nombre del Rey, promulgo y ordeno la públicación en el diario oficial de la comunidad autónoma y su remisión en el diario Oficial de la Comunidad Autónoma y su remisión al<Boletín Oficial del Estado>, de la siguiente Ley.

EXPOSICION DE MOTIVOS.

Aprobada por el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha la liquidación del prepuesto correspondiente al ejercicio económico de 1983, en la que se establece un superávit, de treinta y cuatro millones doscientas sesenta y cuatro mil ochocientas setenta y una, (34. 264. 871) pesetas, siendo la situación de desempleo uno de los problemas que merecen atención prioritaria en nuestra región, parece oportuno y conveniente la aplicación con carácter exclusivo de los recursos procedentes del superávit para esta atención.

Por otra parte el estado en el que se encuentran algunas casas-cuartel de la Guardia Civil radicadas en nuestra Comunidad Autónoma permite afirmar que los guardias y sus familias residen en viviendas con escasas condiciones de habitabilidad.

Aun cuando la cuantía del superávit del ejercicio de 1983 es claramente insuficiente para remediar toda la completa situación de estas casas-cuartel parece justo acometer en la medida de lo posible, las obras de acondicionamiento y mejora en aquellos municipios donde la situación sea mas grave.

Para cumplir los objetivos que se anuncian, la junta de comunidades financiará la mano de obra necesaria, corriendo por cuenta de otras Administraciones Públicas la aportación de los materiales que fueran precisos.

Por ello y en el cumplimiento de lo previsto en la Ley de presupuesto de 1984 de la junta de comunidades de Castilla-La Mancha del superávit existente en la liquidación del ejercicio anterior por importe de 34. 264. 871 pesetas, habilitando el crédito presupuestario correspondiente a la sección 11 de la presidencia de la junta, bajo la denominación <transferencia de capital>.

Art. 2. El crédito habilitado se destinará a la financiación del coste de la mano de obra, procedente del desempleo, correspondiente a las obras de acondicionamiento y mejora de casa-cuartel de la Guardia Civil radicadas en esta Comunidad autónoma.

Art. 3. La consejería de Economía y Hacienda dictará cuantas normas sean precisa para ejecutar lo dispuesto en la presente Ley.

Art. 4. La presente Ley entrará en vigor el día siguiente de su públicación en el<Diario Oficial de Castilla-la Mancha.>por tanto ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación de esta Ley que la cumplan y a los Tribunales y autoridades que correspondan que le hagan cumplir.

Dado en Toledo a 6 de septiembre de 1984.- El presidente de la Junta de Comunidades, Jose Bono Martínez.

(Diario Oficial de Castilla-La Mancha> número 38, de 18 de septiembre de 1984.).

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