El Tribunal Constitucional, por providencia de 31 de octubre corriente, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 735/1984, planteado por la Junta de Galicia, contra los artículos 1, párrafos 1. y 2.; 4, 1, g); 5, apartado 1.; 5, 2, d) e i); 6., d); 14; 15; 16; 18; 20; 22; 23; 24; 31; 34; 35; 36; 37; 38; 39; 40; 41, y disposiciones finales: primera, segunda, tercera y cuarta, así como cualesquiera otros artículos por coherencia o conexión, de la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
Lo que se publica para general conocimiento.
Madrid, 31 de octubre de 1984.- El Secretario de Justicia.- Firmado y rubricado.
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