Contido non dispoñible en galego
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral sobre concesión de un Crédito extraordinario, de quince millones de pesetas para ayudas a los partidos políticos para la financiación de los gastos de la campaña electoral de las elecciones al Parlamento de Navarra de 1983.
Artículo 1.º Se aprueba la concesión de un crédito extraordinario de hasta 15.000.000 de pesetas para ayudas a los partidos políticos, coaliciones electorales y agrupaciones electorales para la financiación de los gastos de la campaña electoral de las elecciones al Parlamento de Navarra.
Art. 2.º la financiación del referido crédito extraordinario se realizará con cargo a "Remanentes por créditos no prorrogados". La identificación del gasto en el Presupuesto prorrogado de 1982 será la siguiente: Dirección de Hacienda, partida 12000-329-0000, "Subvención a partidos políticos campaña electoral Parlamento 1983".
Art. 3.º Las ayudes Consistirán en 150.000 pesetas por escaño obtenido en el Parlamento de Navarra y 31 pesetas por voto a las listas que hubiesen alcanzado escaño parlamentario.
Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 22 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de Su Majestad el Rey, esta Ley Foral, ordeno su inmediata publicación en el "Boletín Oficial de Navarra" y su remisión al "Boletín Oficial del Estado" y mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.
Pamplona, 30 de noviembre de 1983.
El Presidente del Gobierno de Navarra,
JUAN MANUEL ARZA MUÑUZURI
("Boletín Oficial de Navarra" número 152, de 7 de diciembre de 1983)
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