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El Tribunal Constitucional, por auto de 30 de mayo actual, dictado en los conflictos positivos de competencia número 652 y 923/1984, acumulados, promovidos por el Gobierno, ha acordado ratificar la suspensión de la vigencia del artículo 2.1, y los preceptos concordantes del Decreto Foral 182/1984, de 14 de agosto, dictado por la Diputación Foral de Navarra «sobre normalización de situaciones para vehículos de viajeros y mercancías cuya residencia haya sido fijada en Navarra», en los términos acordados en la providencia de 15 de enero de 1985 y publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 28 del mismo mes, dictada en el conflicto número 923/1984.
Lo que se publica para general conocimiento.
Madrid, 30 de mayo de 1985.-El Presidente del Tribunal Constitucional, Manuel García-Pelayo y Alonso.
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