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EL REAL DECRETO 598/1985, DE 30 DE ABRIL, SOBRE INCOMPATIBILIDADES DEL PERSONAL AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO, DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y DE LOS ENTES, ORGANISMOS Y EMPRESAS DEPENDIENTES, ESTABLECE EN SU ARTICULO 7. QUE LAS HABILITACIONES DE PERSONAL QUE SATISFAGAN CUALQUIER TIPO DE RETRIBUCIONES PERIODICAS CON CARGO A SUS PRESUPUESTOS ESTAN OBLIGADOS A REMITIR ANUALMENTE A LA INSPECCION GENERAL DE SERVICIOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA EL SOPORTE MAGNETICO O LA COPIA DE LA NOMINA DE RETRIBUCIONES CORRESPONDIENTES AL MES QUE SE DETERMINE POR ESTA SECRETARIA DE ESTADO.
EN CUMPLIMIENTO DEL CITADO PRECEPTO Y POR LO QUE RESPECTA AL AÑO 1986, LOS ORGANOS AFECTADOS REMITIRAN A LA INSPECCION GENERAL DE SERVICIOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DEL MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, EL SOPORTE MAGNETICO O COPIA DE LA NOMINA DE RETRIBUCIONES CORRESPONDIETES AL MES DE ENERO DE 1986. EN EL PRIMER CASO LOS DATOS SE AJUSTARAN A LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS INSERTAS EN EL ANEXO QUE ACOMPAÑA A LA PRESENTE INSTRUCCION Y EN LAS TABLAS DE CODIFICACION QUE SE MENCIONAN EN EL MISMO.
LA COMPROBACION A QUE ALUDE EL SEGUNDO PARRAFO DEL PRECITADO ARTICULO 7. DEL REAL DECRETO 598/1985, A REALIZAR POR LOS INTERVENTORES DELEGADOS DEL INTERVENTOR GENERAL DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO, SE EFECTUARA, EN CONSECUENCIA, AL FISCALIZAR LAS NOMINAS DEL MES DE ABRIL DE 1986.
MADRID, 14 DE NOVIEMBRE DE 1985.- EL SECRETARIO DE ESTADO, FRANCISCO RAMOS FERNANDEZ-TORRECILLA.
(ANEXO OMITIDO)
(TABLA OMITIDA)
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