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Documento BOE-A-1985-2591

Ley 9/1984, de 29 de diciembre, por la que se aprueba el programa económico valenciano para el período 1984-1987.

Publicado en:
«BOE» núm. 37, de 12 de febrero de 1985, páginas 3607 a 3609 (3 págs.)
Sección:
V. Comunidades Autónomas
Departamento:
Comunidad Valenciana
Referencia:
BOE-A-1985-2591

TEXTO

SEA NOTORIO Y MANIFIESTO A TODOS LOS CIUDADANOS QUE LAS CORTES VALENCIANAS HAN APROBADO Y YO, DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO POR LA CONSTITUCION Y EL ESTATUTO DE AUTONOMIA, EN NOMBRE DEL REY, PROMULGO LA SIGUIENTE LEY:

PREAMBULO

LA VOLUNTAD DE LA GENERALIDAD DE CONTRIBUIR A LA SOLUCION DE LOS PROBLEMAS CON LOS QUE SE ENFRENTAN LA ECONOMIA VALENCIANA DEBE HACERSE OPERATIVA A TRAVES DE LA DEINIFICION DE SU POLITICA ECONOMICA. LA OPCION POR ORDENAR EL CONJUNTO DE LAS DECISIONES DE GOBIERNO EN EL MARCO DE UNA POLITICA A MEDIO PLAZO RESPONDE AL PROGRAMA DE GOBIERNO ENUNCIADO POR EL PRESIDENTE EN SU DISCURSO DE INVESTIDURA, Y SE CONCRETA EN EL PROGRAMA ECONOMICO VALENCIANO.

EL MARCO NORMATIVO DE LA PROGRAMACION DEL DESARROLLO ECONOMICO QUE SE PROPONE REALIZAR LA GENERALIDAD LO PROPORCIONA LA CONSTITUCION ESPAÑOLA (ARTICULO 38, 131, 138 Y 148.1.13) Y EL ESTATUTO DE AUTONOMIA, QUE ATRIBUYE A LA GENERALIDAD VALENCIANA LA COMPETENCIA EXCLUSIVA DE LA PLANFICIACION DE LA ACTIVIDAD ECONOMICA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA DE ACUERDO CON LAS BASES Y LA ORDENACION DE LA ACTIVIDAD ECONOMICA GENERAL Y LA POLITICA MONETARIA DEL ESTADO (ARTICULO 34.1.1.).

LA POLITICA DE PROGRAMACION ECONOMICA DE LA GENERALIDAD PARTE DE UN DIAGNOSTICO DE LOS PROBLEMAS QUE TIENE PLANTEADOS LA ECONOMIA Y LA SOCIEDAD VALENCIANAS, Y PROPONE UNA ORDENACION DE PRIORIDADES EN LA RESOLUCION DE LOS MISMOS. AL DEFINIR, CONSECUENTEMENTE, LOS OBJETIVOS PERSEGUIDOS Y LOS MEDIOS DISPONIBLES PARA ALCANZARLOS, LA GENERALIDAD HA REALIZADO, AL MISMO TIEMPO, UN ESFUERZO DE CLARIFICACION DE SUS AREAS COMPETENCIALES RESPECTO A LAS DE OTRAS ADMINISTRACIONES.

EL PROGRAMA ECONOMICO VALENCIANO (PEV) ENTIENDE LA PROGRAMACION DE MANERA PERFECTAMENTE COMPATIBLE CON EL MODELO ECONOMICO QUE DEFINE LA CONSTITUCION Y SE AJUSTE AL ESQUEMA METODOLOGICO PROPUESTO POR LAS COMUNIDADES EUROPEAS.. LO

ELEMENTOS BASICOS DE LA POLITICA ECONOMICA PROPUESTA A PARTIR DEL DIAGNOSTICO REALIZADO PARTEN DE CONSIDERAR TRES TIPOS DIFERENTES DE ACTUACIONES: AQUELLAS QUE LA ADMINISTRACION AUTONOMICA DESARROLLARA DIRECTAMENTE EN SUS AREAS COMPETENCIALES, LAS QUE PROPONE REALIZAR COORDINADAMENTE AL CONJUNTO DE LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS Y AQUELLAS QUE DESARROLLAN, MEDIANTE INCENTIVOS PARA LOS AGENTES ECONOMICOS PRIVADOS, EL OBJETIVO DE MODERNIZACION DE LA ECONOMIA VALENCIANA.

EL CONSELL AL DEFINIR SU PROGRAMA ECONOMICO A MEDIO PLAZO (PEV) SE PROPONE ALCANZAR, POR MEDIO DE LAS DISTINTAS POLITICAS A DESARROLLAR, LOS OBJETIVOS GENERALES SIGUIENTES:

1. LA ELEVACION DEL NIVEL DE OCUPACION EXISTENTE QUE PERMITA A UNA PROPORCION IMPORTANTE DE LOS PARADOS ACTUALES EL ACCESO, A TRAVES DEL TRABAJO, A UNAS CONDICIONES DE VIDA DIGNAS. EL FOMENTO DEL EMPLEO Y LA REDUCCION PARALELA DEL DESEMPLEO, CONSIGUIENDO TASAS INFERIORES A LAS EXISTENTES ACTUALMENTE, SON LAS CONTRIBUCIONES MAS IMPORTANTES AL BIENESTAR SOCIAL QUE LA POLITICA ECONOMICA DE LA GENERALIDAD VALENCIANA PUEDE DESARROLLAR. PARA ELLO, LA GENERALIDAD SE PROPONE ACTUAR DIRECTAMENTE A TRAVES DE SUS PROGRAMAS DE FOMENTO DEL EMPLEO E INVERSIONES PUBLICAS, E INDIRECTAMENTE TANTO POR MEDIO DE SUS ACTUACIONES EN MATERIA DE RELACIONES LABORALES Y FORMACION OCUPACIONAL COMO MEDIANTE EL RESTO DE PROGRAMAS ORIENTADOS A DINAMIZAR EL SECTOR PRIVADO DE NUESTRA ECONOMIA.. 2

UN CRECIMIENTO DE LA RENTA Y LA RIQUEZA LO SUFICIENTEMENTE IMPORTANTE PARA ELEVAR DE MANERA SENSIBLE LOS NIVELES DE VIDA DE LOS CIUDADANOS Y MEJORAR LA DISTRIBUCION DE LA RENTA MEDIANTE UNA POLITICA SOCIAL AVANZADA. ESTE ES UN OBJETIVO CENTRAL DEL PEV, AL QUE CONTRIBUIRAN, DE UNA PARTE, AQUELLOS PROGRAMAS DE INVERSIONES PUBLICAS DIRIGIDOS A LAS ACTIVIDADES PRODUCTIVAS Y, POR OTRA, EL IMPORTANTE ESFUERZO INVERSOR ORIENTADO A ELIMINAR GRAVISIMOS DEFICIT DE SERVICIOS PUBLICOS (EN ESPECIAL EN EDUCACION) DENTRO DEL PERIODO DE VIGENCIA DEL PEV.

3. UN USO DEL TERRITORIO QUE SIRVA DE SOPORTE A LAS ACTIVIDADES PRODUCTIVAS Y LOS ASENTAMIENTOS HUMANOS, QUE SIGNIFICA LA PROGRESIVA RACIONALIZACION DEL MISMO FRENANDO LOS DESEQUILIBRIOS Y EVITANDO CUIDADOSAMENTE LAS DEGRADACIONES IRREVERSIBLES DEL MEDIO FISICO.

PARALELAMENTE, EL CONJUNTO DE ACTUACIONES EN LOS PROGRAMAS DE INFRAESTRUCTURA HA DE CONTRIBUIR A LA UTILIZACION DEL ESPACIO DE TAL MANERA QUE SE FACILITE EL DINANISMO ECONOMICO Y SE PRESERVE LA CALIDAD DEL MEDIO AMBIENTE.

PARA ARTICULAR ORDENADAMENTE EL CONJUNTO DE LAS ACTUACIONES HA SIDO NECESARIO EVALUAR LOS RECURSOS CON LOS QUE LA GENERALIDAD VA A CONTAR PREVISIBLEMENTE EN EL PERIODO 1984-1987 Y ASIGNARLOS POR AREAS DE GASTO, TENIENDO EN CUENTA LOS PROBLEMAS A ABORDAR Y LAS COMPETENCIAS ASUMIDAS. EN ESTE SENTIDO, LA DISTRIBUCION DE FONDOS REALIZADA PARTE DE CONSIDERAR QUE EL PROBLEMA DEL DESEMPLEO ES EL MAS GRAVE QUE EN ESTOS MOMENTOS AFECTA A LA SOCIEDAD VALENCIANA, E INTENTAR ABORDARLO A LA VEZ QUE SE RESPONDE A LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LAS COMPETENCIAS ASUMIDAS. ELLO CONDUCE A QUE LAS ACTUACIONES PROPUESTAS EN EL PEV PARA LUCHAR CONTRA EL PARO SEAN DE TRES TIPOS: 1) LAS QUE SE INSTRUMENTEN A TRAVES DEL PROGRAMA DE FOMENTO DE EMPLEO; 2) LAS QUE SE REALIZAN MEDIANTE EL INCREMENTO DEL 100 POR 100 EN LA MAGNITUD DEL PROGRAMA DE INVERSIONES PUBLICAS, Y 3) LAS QUE DE MANERA INDIRECTA PRETENDEN CONTRIBUIR A PALIAR EL PARO A TRAVES DE LA EXPANSION DE LA ACTIVIDAD ECONOMICA.

POR LAS RAZONES SEÑALADAS, DENTRO DEL PROGRAMA DE INVERSIONES PUBLICAS, TIENEN UN PESO MUY IMPORTANTE AQUELLAS AREAS EN LAS QUE, AL HABER SIDO ASUMIDAS LAS COMPETENCIAS, LA GENERALIDAD TIENE LA OBLIGACION DE MANTENER Y MEJORAR LA OFERTA DE DETERMINADOS SERVICIOS: LOS DE CARACTER SOCIAL Y LAS OBRAS PUBLICAS.

SIN EMBARGO, Y COMO CONSECUENCIA DE LA PREOCUPACION DE LA GENERALIDAD POR CONTRIBUIR EN LA MEDIDA DE LO POSIBLE A IMPULSAR LA MODERNIZACION DEL RESTO DE LAS ACTIVIDADES PRODUCTIVAS, EL MAYOR CAMBIO RELATIVO SE PRODUCE EN LAS CANTIDADES ASIGNADAS A HACER POSIBLE UNAS POLITICAS AGRARIA E INDUSTRIAL, COMERCIAL Y TURISTICA ESPECIFICAMENTE VALENCIANAS.

LA ASIGNACION DE RECURSOS A LOS PROGRAMAS DE ACTUACION QUE EL PEV CONSIDERA VIABLES SE HA REALIZADO A PARTIR DE UN CONJUNTO DE ESTIMACIONES SOBRE EVALUACION PREVISIBLE DE LAS DIFERENTES FUENTES DE FINANCIACION DE LA ADMINISTRACION AUTONOMICA, ENTRE LAS QUE SE ENCUENTRA POR PRIMERA VEZ CONSIDERADO EL RECURSO DE ENDEUDAMIENTO. NO OBSTANTE, DICHA FUENTE FINANCIERA SERA UTILIZADA CON PRUDENCIA, NO SIGNIFICANDO LAS EMISIONES EN NINGUN CASO MAS DEL 5 POR 100 DEL PRESUPUESTO ANUAL, NI SUPERANDO LA DEUDA VIVA AL FINAL DEL PERIODO DEL 15 POR 100 DEL PRESUPUESTO DE 1987.

TENIENDO EN CUENTA LAS RESTRICCIONES QUE IMPONEN LAS PREVISIONES DE INGRESOS, Y ESTIMANDO LAS OBLIGACIONES DE GASTO YA COMPROMETIDAS PARA LA CONTINUIDAD DEL FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS, EL VOLUMEN DE FONDOS SOBRE EL QUE SE HAN CENTRADO LAS DECISIONES DE ASIGNACION DE FONDOS DEL PEV ALCANZABAN LA CIFRA PROMEDIO ANUAL PARA EL TRIENIO 1985-1987 DE 40.962,1 MILLONES DE PESETAS (CONSTANTES DE 1984). CON ELLOS, HAYA DE SER ABORDADOS LOS PROGRAMAS DE INVERSIONES (31.785,1) Y LOS NUEVOS PROGRAMAS DE GASTO CORRIENTE (9.250,3), UNA PARTE DE LOS CUALES SON CONSECUENCIA DE LA PRESTACION DE NUEVOS SERVICIOS A PARTIR DE LAS INVERSIONES REALIZADAS Y OTRAS DE LA VOLUNTAD DE LA GENERALIDAD DE MEJORAR LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PUBLICOS.

LOS PROGRAMAS HAN SIDO AGRUPADOS EN TORNO A TRES GRANDES AEREAS DE GASTO - SERVICIOS PUBLICOS DE CARACTER SOCIAL, ACTIVIDADES PRODUCTIVAS Y LUCHA CONTRA EL DESEMPLEO, AUNQUE EN ESTA TERCERA CONFLUYEN EL CONJUNTO DE LAS INVERSIONES PUBLICAS- Y OTRAS DOS REFERIDAS A PROGRAMAS ORGANIZATIVOS E INSTITUCINOALES -LA COORDINACION DE LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS Y LA INTEGRACION EN LA CEE- QUE NO COMPROMETEN RECURSOS CUANTIOSOS PERO QUE SON IMPORTANTES PARA EL RESULTADO FINAL.

EL PEV CONSTITUYE TAMBIEN EL DOCUMENTO BASICO DE PLANIFICACION FINANCIERA QUE PERMITE LA ASUNCION RESPONSABLE DE COMPROMISOS DE GASTOS, PREVIO ANALISIS DE LAS FUENTES DE RECURSOS UTILIZABLES. ES, PUES, UN INSTRUMENTO FUNDAMENTAL PARA CONTRIBUIR AL OBJETIVO DE DISCIPLINAR Y COORDINAR LA ACTUACION DEL SECTOR PUBLICO VALENCIANO, SIN RENUNCIAR POR ELLO AL DESARROLLO DE UNA LUCHA EFICAZ CONTRA LOS PROBLEMAS DERIVADOS DE LA CRISIS.

EN ESTE MARCO DE REFERENCIA PLURIANUAL, EL PRESUPUESTO ESTABLECERA EL COMPROMISO PARA CADA AÑO, DE ACUERDO CON LOS OBJETIVOS DEL PEV. A TRAVES DE LA MECANICA DE LA PRESUPUESTACION POR OBJETIVOS SE DEFINE CON PRECISION EL CONTROL DE LA EJECUCION DE LOS PROGRAMAS Y SE HACE POSIBLE LA REVISION DEL PEV, COMO CONSECUENCIA DE LA INFORMACION ACUMULADA. DADO QUE DENTRO DEL PRESUPUESTO SON LAS INVERSIONES LAS QUE EN MAYOR MEDIDA COMPROMETEN GASTOS PARA VARIOS PERIODOS, LOS PROGRAMAS DE INVERSIONES PUBLICAS (PIP) CONSTITUYEN INDICADORES ADELANTADOS DE LA EVOLUCION FUTURA DEL PRESUPUESTO, Y LA ELABORACION DE UN PIP COORDINADO PARA EL CONJUNTO DE LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS QUE ACTUAN EN EL TERRITORIO VALENCIANO SERA UN INSTRUMENTO BASICO DEFINIDOR DEL ALCANCE DEL PEV.

EL ESFUERZO REALIZADO POR LA GENERALIDAD PARA IMPULSAR LA ORDENACION DE SU PROPIA ACTIVIDAD Y OFRECER LA POSIBILIDAD DE COORDINAR SUS ACTUACIONES CON EL RESTO DE LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS, HA SIDO REALIZADO EN UN MOMENTO EN EL QUE ESTA MUY AVANZADO EL PROCESO DE TRASPASOS, PERO TODAVIA NO SE HA CONCLUIDO. ESTA CIRCUNSTANCIA, JUNTO CON EL PRINCIPIO DE FLEXIBILIDAD DE TODA PROGRAMACION QUE RECONOZCA LA EXISTENCIA DE UN FLUJO CONTINUO DE INFORMACION, ACONSEJA UN SEGUIMIENTO TAMBIEN CONTINUO DE SUS EFECTOS Y LA REALIZACION, SI PROCEDE, DE PROPUESTAS DE REVISION DE LOS MISMOS. PARA ESTA TAREA EL CONSELL CUENTA CON LA COMISION DE PROGRAMACION E INVERSIONES PUBLICAS, Y ESPERA PODER TAMBIEN BENEFICIARSE DE LA COLABORACION DE LAS INSTITUCIONES PUBLICAS Y PRIVADAS Y LOS AGENTES SOCIALES, QUE HAN PARTICIPADO EN EL PROCESO DE ELABORACION DEL DOCUMENTO Y EN LA DISCUSION DEL MISMO, CON EL OBJETIVO DE SUMAR CUANTAS ENERGIAS SEA POSIBLE AL ESFUERZO DE SOLUCIONAR, RESPONSABLEMENTE, LOS GRAVES PROBLEMAS PLANTEADOS.

ATENDIENDO CUANTO ANTECEDE, A PROPUESTA DEL CONSELL Y PREVIA DELIBERACION DE LAS CORTES VALENCIANAS, EN NOMBRE DEL REY, VENGO A PROMULGAR LA SIGUIENTE

LEY POR LA QUE SE APRUEBA EL PROGRAMA ECONOMICO VALENCIANO PARA EL PERIODO 1984-1987

ARTICULO 1. SE APRUEBA EL PROGRAMA ECONOMICO VALENCIANO PARA EL PERIODO DE 1984-1978, SEGUN FIGURA EN EL DOCUMENTO ANEXO A ESTA LEY Y CON ALCANCE PREVISTO EN LOS ARTICULOS SIGUIENTES.

ART. 2. EL CONSELL DEBERA AJUSTAR SUS PREVISIONES PRESUPUESTARIAS DURANTE LOS PERIODOS DE VIGENCIA DEL PROGRAMA ECONOMICO VALENCIANO A LAS PRIORIDADES DEFINIDAS EN CADA UNO DE LOS PROGRAMAS DE ACTUACION.

ART. 3. EL CONSELL SE OBLIGA A DESARROLLAR LAS ACTUACIONES TENDENTES A CONSEGUIR UN PROGRAMA COORDINADO DE INVERSIONES A REALIZAR POR LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS QUE ACTUAN EN EL TERRITORIO DE LA COMUNIDAD.

DISPOSICIONES FINALES

PRIMERA.-SE AUTORIZA AL CONSELL PARA DICTAR, A PROPUESTA DE LA CONSELLERIA DE ECONOMIA Y HACIENDA, LAS DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS QUE EXIJA EL DESARROLLO Y EJECUCION DE LA PRESENTE LEY.

SEGUNDA.-LA PRESENTE LEY ENTRARA EN VIGOR EL DIA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACION EN EL "DIARIO OFICIAL DE LA GENERALIDAD VALENCIANA".

POR TANTO, ORDENO QUE TODOS LOS CIUDADANOS, TRIBUNALES, AUTORIDADES Y PODERES PUBLICOS A LOS QUE CORRESPONDA OBSERVEN Y HAGAN CUMPLIR ESTA LEY.

VALENCIA, 29 DE DICIEMBRE DE 1984.-EL PRESIDENTE DE LA GENERALIDAD, JOAN LERMA I BLASCO.

("DIARIO OFICIAL DE LA GENERALIDAD VALENCIANA" NUM. 215, DE 31 DE DICIEMBRE DE 1984)

(ANEXO OMITIDO)

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