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Documento BOE-A-1986-10040

Orden de 21 de abril de 1986 sobre emisión de bonos por parte del Instituto de Crétido Oficial.

Publicado en:
«BOE» núm. 97, de 23 de abril de 1986, páginas 14529 a 14530 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1986-10040
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1986/04/21/(2)

TEXTO ORIGINAL

Ilmos. Sres.: Por Acuerdo del Consejo de Ministros de 24 de enero de 1986 se autorizó al Instituto de Crédito Oficial a concertar operaciones de endeudamiento exterior y a realizar una o más emisiones de títulos de renta fija y/o operaciones de crédito a interés fijo o variable en el mercado interior hasta un importe máximo de 80.000 millones de pesetas o su equivalente en moneda extranjera, encomendándose al Ministerio de Economía y Hacienda la determinación de las restantes condiciones de las operaciones financieras, así como la ejecución de cuantas disposiciones sean necesarias para el cumplimiento y desarrollo de dicho Acuerdo.

En su virtud, este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Primero.- Se autoriza al Instituto de Crédito Oficial para realizar una emisión de bonos por importe nominal de 25.000 millones de pesetas. Los fondos que se capten en esta emisión se destinarán a financiar las operaciones crediticias del Crédito Oficial.

Segundo.- El nominal de cada título será de 10.000 pesetas. Todos los bonos emitidos podrán ser agrupados en títulos múltiples.

Tercero.- El periodo de suscripción abierta se iniciará el 23 de abril de 1986 y terminará el 15 de mayo del mismo año, ambos inclusive.

Cuarto.- La amortización se efectuará a opción del suscriptor a los cuatro años y obligatoriamente a los ocho años del cierre de la suscripción abierta. El Instituto de Crédito Oficial podrá al sexto año del cierre de la suscripción abierta proceder a reembolsar anticipadamente toda o parte de la emisión.

Quinto.- El tipo de interés anual será del 11 por 100. Los intereses serán pagaderos por semestres vencidos, siendo el primero a pagar al 15 e noviembre de 1986.

Sexto.- Los bonos serán admitidos de oficio a cotización oficial en Bolsa y gozarán de las ventajas inherentes a la cotización calificada en virtud del Artículo 46 del Reglamento de Bolsa.

Séptimo.- Para el control y administración de los títulos de esta emisión será de aplicación lo establecido en la Orden de 20 de mayo de 1974 sobre aplicación y desarrollo del nuevo sistema de liquidación y compensación de operaciones de Bolsas y depósitos de valores mobiliarios.

Octavo.- Los títulos representativos de la emisión que autoriza la presente Orden gozarán de las ventajas propias de los títulos de cotización oficial en Bolsa a efectos de los beneficios establecidos en el artículo 29, h), de la Ley 44/1978, de 8 de septiembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en la redacción dada al mismo por la Ley 48/1985, de 27 de diciembre, de Reforma Parcial del Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas. En consecuencia, su suscripción dará derecho a desgravación por inversiones en el citado impuesto con arreglo a las normas que lo regulan.

Noveno.- La liquidación de la emisión se hará en un plazo análogo al determinado en el artículo 9.º del Real Decreto 1851/1978, de 10 de julio.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 21 de abril de 1986.- P. D. (Orden de 11 de febrero de 1983), el Secretario de Estado de Economía y Planificación, Miguel Angel Fernández Ordóñez.

Ilmos. Sres. Presidente del Instituto de Crédito Oficial y Director general del Tesoro y Política Financiera.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 21/04/1986
  • Fecha de publicación: 23/04/1986
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA EN RELACION, ampliando la EMISión: Orden de 27 de mayo de 1986 (Ref. BOE-A-1986-14635).
Referencias anteriores
Materias
  • Instituto de Crédito Oficial
  • Títulos valores

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