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Documento BOE-A-1986-28968

Convenio sobre un Programa de Acción Conjunta entre Bolivia, España y el IBI en el campo de la Informática, firmado en Madrid el 6 de septiembre de 1984.

Publicado en:
«BOE» núm. 263, de 3 de noviembre de 1986, páginas 36649 a 36650 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1986-28968
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ai/1984/09/06/(1)

TEXTO ORIGINAL

CONSIDERANDO LAS RECOMENDACIONES DE LA CONFERENCIA MUNDIAL SPIN DE TORREMOLINOS DE 1978 REFERENTE A LA IMPORTANCIA DE LA INFORMATICA PARA EL DESARROLLO DE LOS PAISES, SIENDO VOLUNTAD DEL GOBIERNO DE BOLIVIA POTENCIAR EL USO DE LA INFORMATICA EN LA ADMINISTRACION PUBLICA CENTRAL Y LOCAL, CONSIDERANDO LA VOLUNTAD DEL GOBIERNO DE ESPAÑA DE COOPERAR CON LOS PAISES EN DESARROLLO, EN PARTICULAR EN EL AREA INFORMATICA, CONSIDERANDO EL CONVENIO DEL IBI AL CUAL SE ADHIEREN BOLIVIA Y ESPAÑA, Y EL PAPEL DEL IBI EN EL CAMPO DE LA INFORMATICA, EL GOBIERNO DE ESPAÑA, EL GOBIERNO DE BOLIVIA, Y LA OFICINA INTERGUBERNAMENTAL PARA LA INFORMATICA-IBI, HAN CONVENIDO Y ACORDADO EN BENEFICIO DE BOLIVIA EL SIGUIENTE PROGRAMA DE ACCION CONJUNTA A CONTINUACION DENOMINADO <PAC>:ARTICULO 1 EL PAC TIENE POR OBJETO LA INFORMATIZACION DEL AREA FINANCIERA DE LA ADMINISTRACION CENTRAL, ASI COMO LA REALIZACION DE ACCIONES COMPLEMENTARIAS NECESARIA PARA LOGRAR ESTE OBJETIVO.ARTICULO 2 EL PAC TIENE UNA DURACION DE CINCO AÑOS, Y UN PRESUPUESTO DE 450.000.000 DE PESETAS (EQUIVALENTE APROXIMADAMENTE A 3.000.000 DE DOLARES DE EE.UU. AL DIA DE LA FECHA), CUBIERTO POR LAS TRES PARTES. LAS APORTACIONES QUE SE HAGAN EN OTRAS MONEDAS QUE LA INDICADA, SERAN CONVERTIDAS A PESETAS A EFECTOS DE LA CONTABILIDAD DEL PAC AL CAMBIO OFICIAL VIGENTE EN EL PAIS DONDE SE HAYA EFECTUADO EL GASTO. EN CASO DE QUE NO EXISTIERA TAL COTIZACION, LA CONVERSION SERA REALIZADA EN FUNCION DE LOS TIPOS DE CAMBIO DE LAS MONEDAS CONSIDERADAS RESPECTO AL DOLAR DE EE.UU.ARTICULO 3 LOS RECURSOS DEL PAC SERAN DEDICADOS A LA ADQUISICION DE EQUIPOS DE PROCESO DE DATOS Y DE TELECOMUNICACIONES, A LA FORMACION PERSONAL, AL DESARROLLO Y A LA ADQUISICION DE PROGRAMAS, A ASISTENCIA TECNICA ASI COMO A OTROS GASTOS NECESARIOS PARA LA EJECUCION Y LA GESTION DEL PROYECTO. SERAN TRANSFERIDAS A BOLIVIA POR LOS RESPECTIVOS PROVEEDORES, LAS TECNOLOGIAS NECESARIAS PARA QUE ESTE PAIS SEA SUFICIENTEMENTE AUTONOMO EN LA EXPLOTACION DE LOS SISTEMAS INFORMATICOS REALIZADOS EN EL MARCO DEL PAC.ARTICULO 4 SERA CREADO UN COMITE TRIPARTITO COMPUESTO POR UN REPRESENTANTE DE CADA PARTE. ESTE COMITE TENDRA LA MISION DE CONTROLAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS DEL PAC, EN LOS ASPECTOS ORGANIZATIVO, FINANCIERO Y TECNICO.

ARTICULO 5 A PROPUESTA DE BOLIVIA Y PREVIO ACUERDO DEL COMITE TRIPARTITO, SERA NOMBRADO UN DIRECTOR DEL PAC. EL DIRECTOR DEL PAC TENDRA POR FUNCION ASEGURAR LA DIRECCION TECNICA DEL PROYECTO E INFORMAR DEL DESARROLLO DE LOS TRABAJOS AL COMITE TRIPARTITO.ARTICULO 6 A) EN CUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO GENERAL DEL PAC, SE REALIZARAN SISTEMAS INFORMATICOS EN LOS SIGUIENTES SECTORES, EN FUNCION DE LAS PRIORIDADES ASIGNADAS POR EL GOBIERNO BOLIVIANO:

MINISTERIO DE FINANZAS:

CONTROL DE INGRESOS Y EGRESOS FISCALES EN CUENTAS DEL TESORO.

CONTROL DE DIVISAS.

CONTROL Y PROGRAMACION DE LA DEUDA PUBLICA.

PREPARACION, SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL PRESUPUESTO.

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y PREVISION SOCIAL:

GESTION DEL FICHERO DE PRESTATARIOS.

CONTROL Y GESTION DE LOS FONDOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

ESTADISTICAS DE SANIDAD.

CONTROLATORIA GENERAL DE LA REPUBLICA:

SISTEMA DOCUMENTAL.

CONTABILIDAD FISCAL.

CARGOS DE CUENTA Y DEUDORES AL ESTADO.

CONTROL DE LOS BIENES DEL ESTADO.

COMPUTO DE TIEMPOS DE SERVICIO.

GOBIERNOS LOCALES:

SE INFORMATIZARAN LA RECAUDACION EN LAS ALCALDIAS Y PREFECTURAS, EN RELACION CON LAS APLICACIONES DEL MINISTERIO DE FINANZAS.

B) SERAN REALIZADAS IGUALMENTE ACCIONES COMPLEMENTARIAS DESTINADAS A ASEGURAR LAS CONDICIONES NECESARIAS PARA LA EJECUCION DE LOS PROYECTOS ANTERIORMENTE INDICADOS.

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES:

SERA INSTALADA UNA RED DE TRANSMISION DE DATOS, COMO SOPORTE DE LOS SISTEMAS INFORMATICOS DISTRIBUIDOS REALIZADOS EN EL MARCO DEL PAC.

CENTRO NACIONAL DE COMPUTACION CENACO:

CON EL FIN DE DOTAR A LOS ORGANISMOS INVOLUCRADOS EN EL PAC DE RECURSOS HUMANOS EN LOS DIFERENTES PERFILES INFORMATICOS REQUERIDOS, SE IMPARTIRAN CON AYUDA DE CENACO DIVERSAS FORMACIONES DE INFORMATICA. COLABORA EN ESTA ACCION EL CENTRO REGIONAL DEL IBI PARA LA ENSEÑANZA DE LA INFORMATICA.

PARA ASEGURAR UN MANTENIMIENTO ADECUADO DE LOS EQUIPOS SUMINISTRADOS EN EL PAC, TECNICOS BOLIVIANOS RECIBIRAN LOS FORMACION ADECUADA.

BOLIVIA RECIBIRA LAS HERRAMIENTAS PRECISAS PARA ESTE MANTENIMIENTO.

ARTICULO 7 EL GOBIERNO DE BOLIVIA, A TRAVES DEL CENTRO NACIONAL DE COMPUTACION CENACO HARA APORTES AL PAC POR VALOR DEL 40 POR 100 APROXIMADAMENTE DEL COSTO TOTAL DEL PROGRAMA.

DICHA APORTACION SE REALIZARA PREFERENTEMENTE EN MONEDA NACIONAL BOLIVIANA.

SI HUBIESE NECESIDAD DE REALIZARLA EN OTRA MONEDA DIFERENTE DE LA BOLIVIANA.

EL COMITE TRIPARTITO TOMARA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA QUE EL IMPACTO DE GASTO DE DIVISA SEA MENOS POSIBLE PARA BOLIVIA.

A) EL BOBIERNO BOLIVIANO SE COMPROMETE A PONER A DISPOSICION DEL PAC EL PERSONAL NECESARIO PARA EL PROYECTO Y HACERSE CARGO DE LOS GASTOS DURANTE LA FORMACION Y EL TIEMPO DE REALIZACION.

EL PERSONAL QUE COLABORE EN LA EJECUCION DEL PROGRAMA DEL PAC POR PARTE DE BOLIVIA, LO HARA SIN CARGO AL PRESUPUESTO DEL PAC, CON EXCEPCION DEL PERSONAL CONTRATADO EXPRESAMENTE PARA LA GESTION DEL PROYECTO.

B) LA PARTE BOLIVIANA APORTARA LOS LOCALES NECESARIOS DURANTE LOS TRABAJOS Y ESOS LOCALES ESTARAN DOTADOS DE LOS ELEMENTOS PRECISOS PARA LLEVAR A CABO DICHOS TRABAJOS.

LAS SALAS DE ORDENADORES ESTARAN INSTALADAS SEGUN LAS NORMAS DADAS POR LOS FABRICANTES INCLUYENDO ACONDICIONAMIENTO DE AIRE, ALIMENTACION ELECTRICA Y DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD.

C) EL GOBIERNO DE BOLIVIA SE COMPROMETE A LIBERAR DE PAGO DE TODA CLASE SE DE IMPUESTOS A LOS BIENES Y SERVICIOS UTILES PARA EL PROYECTO, EN PARTICULAR LOS EQUIPOS Y PROGRAMAS DE ORDENADOR.

LA PARTE BOLIVIANA CUBRIRA ASISMISMO LOS GASTOS DE ESTANCIA EN BOLIVIA DE LOS EXPERTOS EXTRANJEROS QUE COLABOREN EN EL PAC, SEGUN NORMAS DE LAS NACIONES UNIDAS.ARTICULO 8 LA PARTE ESPAÑOLA, SE COMPROMETE A EFECTUAR A TRAVES DE LA DIRECCION GENERAL DEELECTRONICA E INFORMATICA APORTES POR UN VALOR APROXIMADO DEL 40 POR 100 DEL COSTO TOTAL DEL PAC.

ESTOS APORTES CONSISTIRAN PRINCIPALMENTE EN EL SUMINISTRO DE EQUIPOS Y SERVICIOS PREVIO ACUERDO DEL COMITE DE CONTROL TRIPARTITO.

LOS APORTES SERAN VALORADOS A UN COSTO REAL, O SEA, COSTO DE MERCADO EN CASO DE CONTRATO, COSTO STANDARD EN CASO DE DONACION POR LA ADMINISTRACION.

EL GOBIERNO ESPAÑOL PRESTARA EL APOYO PARA LA TRAMITACION DE PERMANENCIA EN EMPRESAS PARA EL CORRESPONDIENTE ADIESTRAMIENTO DEL PERSONAL DEL PROYECTO Y LA SELECCION DE EXPERTOS PARA EL PAC.ARTICULO 9 LA OFICINA INTERGUBERNAMENTAL PARA LA INFORMATICA REALIZARA APORTES AL PROYECTO POR UN VALOR APROXIMADO DEL 20 POR 100 DEL COSTO TOTAL DE ESTE.

EL IBI SE HARA CARGO DE LA SECRETARIA DEL PAC Y EN PARTICULAR DE LA SECRETARIA DEL COMITE TRIPARTITO DE CONTROL EN LOS ASPECTOS DE SEGUIMIENTO DE TRABAJO, GESTION DE CUENTAS Y ORGANIZACION DE REUNIONES DEL COMITE TRIPARTITO.ARTICULO 10 EL PRESENTE CONVENIO ESTABLECE LOS OBJETIVOS GENERALES Y EL MARCO DE REFERENCIA DEL PAC.

DENTRO DE ESTE MARCO, EL COMITE TRIPARTITO DE CONTROL ESTABLECERA CONVENIOS ANUALES DE REALIZACION DEL PAC, QUE INCLUIRAN UNA EVALUACION DETALLADA DE LAS ACCIONES A CORTO PLAZO, UN PRESUPUESTO ANUAL Y UN CALENDARIO DE EJECUCION.

ARTICULO 11 LOS SUMINISTROS DEL PROYECTO EN LO REFERENTE A EQUIPOS, PROGRAMAS, EXPERTOS, ETC., QUE SE NECESITE ADQUIRIR FUERA DE BOLIVIA SE REALIZARAN EN LA MEDIDA DE LO POSIBLE EN ESPAÑA. LAS EXCEPCIONES A ESTA REGLA DEBERAN SER DECIDIDAS POR ACUERDO UNANIME DEL COMITE TRIPARTITO DE CONTROL.

EN EL CASO DE QUE ALGUNA DE LAS PARTES OBTUVIERA OTROS FONDOS O ASISTENCIA TECNICA COMPLEMENTARIOS PARA LA EJECUCION DEL PROYECTO EN EL MARCO DEL PAC, DEBERA PONERLO EN CONOCIMIENTO DEL COMITE TRIPARTITO, A FIN DE LOGRAR UNA COORDINACION EFICAZ DE LOS RECURSOS DISPONIBLES.ARTICULO 12 CADA UNA DE LAS PARTES NOTIFICARA A LAS OTRAS DOS EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS EXIGIDOS, EN LO QUE A ELLA RESPECTA, PARA LA ENTRADA EN VIGOR DEL PRESENTE CONVENIO. DICHA ENTRADA EN VIGOR TENDRA LUGAR EL DIA PRIMERO DEL SEGUNDO MES SIGUIENTE A LA FECHA DE RECEPCION DE LA ULTIMA NOTIFICACION.

ARTICULO 13 LAS PARTES PUEDEN PONER FIN AL PRESENTE ACUERDO CON UNA ANTICIPACION DE UN AÑO. EN TAL CASO, LOS APORTES REALIZADOS O COMPROMETIDOS EN FIRME NO SE PODRAN RECUPERAR.

EL COMITE TRIPARTITO SERA COMPETENTE PARA PONER FIN AL PROYECTO EN LAS MEJORES CONDICIONES POSIBLES.

EN PARTICULAR SE ASEGURARAN LAS CONDICIONES DE MANTENIMIENTO DE LOS EQUIPOS SUMINISTRADOS A BOLIVIA EN EL MARCO DEL PAC, PACTADAS EN EL MOMENTO DE SU INSTALACION.

DE ESTE ACUERDO EXISTEN TRES COPIAS ORIGINALES, DEPOSITADAS EN BOLIVIA, ESPAÑA Y EL IBI.

HECHO EN MADRID A SEIS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO.POR EL GOBIERNO DE ESPAÑA, FERNANDO MORANMINISTRO DE ASUNTOS EXTERIORES POR EL GOBIERNO DE BOLIVIA, LUIS ADOLFO SILES-SALINASEMBAJADOR DE ESPAÑA EL PRESENTE ACUERDO ENTRO EN VIGOR EL DIA 1 DE OCTUBRE DE 1986, PRIMER DIA HABIL DEL SEGUNDO MES SIGUIENTE A LA FECHA DE LA RECEPCION DE LA ULTIMA DE LAS NOTIFICACIONES CRUZADAS ENTRE LAS PARTES, SEGUN SE SEÑALA EN SU ARTICULO 12.

LO QUE SE HACE PUBLICO PARA CONOCIMIENTO GENERAL.

MADRID, 23 DE OCTUBRE DE 1986. EL SECRETARIO GENERAL TECNICO, JOSE MANUEL PAZ AGUERAS.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo Internacional
  • Fecha de disposición: 06/09/1984
  • Fecha de publicación: 03/11/1986
  • Fecha de entrada en vigor: 01/10/1986
  • Fecha Resolución Ministerio de Asuntos Exteriores: 23 de octubre de 1986.
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Bolivia
  • Informática
  • Oficina Intergubernamental de Informática

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