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Documento BOE-A-1986-345

Orden de 30 de diciembre de 1985 por la que se aprueban los modelos de declaración previa al inicio de la actividad y de solicitud de inclusión en el Registro de Exportadores, previstas en los artículos 77.2 y 85.4 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 7, de 8 de enero de 1986, páginas 1177 a 1179 (3 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1986-345
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1985/12/30/(2)

TEXTO ORIGINAL

ILUSTRISIMOS SEÑORES:

EL ARTICULO 46 DE LA LEY 30/1985, DE 2 DE AGOSTO, DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO, DESARROLLADO POR EL ARTICULO 77 DEL REAL DECRETO 2028/1985, DE 30 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL IMPUESTO, ESTABLECE LA POSIBILIDAD DE DEDUCIR LAS CUOTAS DE IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO SOPORTADAS CON ANTERIORIDAD AL COMIENZO EFECTIVO DE LAS ENTREGAS DE BIENES O PRESTACIONES DE SERVICIOS, ESTABLECIENDO COMO REQUISITO LA PRESENTACION DE UNA DECLARACION PREVIA AL INICIO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL O PROFESIONAL AJUSTADA AL MODELO APROBADO POR EL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA.

POR OTRA PARTE, EL ARTICULO 85.4 DEL REGLAMENTO ANTES CITADO ESTABLECE COMO REQUISITO PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO A LA DEVOLUCION AL TERMINO DE CADA PERIODO DE LIQUIDACION A LOS SUJETOS PASIVOS QUE REALICEN EXPORTACIONES DEFINITIVAS O ENVIOS DEFINITIVOS A CANARIAS, CEUTA Y MELILLA POR IMPORTE SUPERIOR A 20 MILLONES DE PESETAS, LA INCLUSION EN EL REGISTRO DE EXPORTADORES QUE A TAL EFECTO SE LLEVARA EN LA DELEGACION DE HACIENDA CORRESPONDIENTE A SU DOMICILIO FISCAL.

EN SU VIRTUD, ESTE MINISTERIO HA TENIDO A BIEN DISPONER LO SIGUIENTE:

PRIMERO. SE APRUEBA EL MODELO 033 <DECLARACION PREVIA, ARTICULO 77 DEL REAL DECRETO 2028/1985>, QUE FIGURA EN EL ANEXO I DE LA PRESENTE ORDEN.

ESTE MODELO SE PRESENTARA POR DUPLICADO EN LA DELEGACION O ADMINISTRACION DE HACIENDA DEL DOMICILIO FISCAL DEL SUJETO PASIVO.

SEGUNDO. SE APRUEBA EL MODELO 034 <REGISTRO DE EXPORTADORES>, QUE FIGURA EN EL ANEXO II DE LA PRESENTE ORDEN.

ESTE MODELO SE PRESENTARA POR DUPLICADO EN LA DELEGACION DE HACIENDA DEL DOMICILIO FISCAL DEL SUJETO PASIVO, ACOMPAÑADO DE UNA CERTIFICACION EXPEDIDA POR LA ENTIDAD BANCARIA AFECTADA QUE ACREDITE QUE LA CUENTA CONSIGNADA ESTA ABIERTA A NOMBRE DEL SUJETO PASIVO SOLICITANTE.

LO QUE COMUNICO A VV. II.

MADRID, 30 DE DICIEMBRE DE 1985.

SOLCHAGA CATALAN ILMOS. SRES. SUBSECRETARIO Y SECRETARIO GENERAL DE HACIENDA.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 30/12/1985
  • Fecha de publicación: 08/01/1986
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-1992-28925).
  • Fecha de derogación: 01/01/1993
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA lo indicado , por Orden de 27 de diciembre de 1990 (Ref. BOE-A-1990-31313).
Referencias anteriores
Materias
  • Impuesto sobre el Valor Añadido

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