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Documento BOE-A-1986-6794

Orden de 10 de enero de 1986 por la que se dispone la ejecución de sentencia estimatoria de la Sala Tercera del Tribunal Supremo contra sentencia dictada en 22 de octubre de 1986, por la Audiencia Nacional contra Orden por la que se aclara el régimen Fiscal de las Sociedades de Inversión Inmobiliaria y Fondos de Inversión Mobiliaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 62, de 13 de marzo de 1986, páginas 9528 a 9528 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1986-6794

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Visto el testimonio de la sentencia dictada en 13 de julio de 1985 por la Sala Tercera del Tribunal Supremo en recurso contencioso-administrativo número 21.682, interpuesto por "Cartesor y Cartelar, Sociedad Anónima", contra la sentencia dictada en 22 de octubre de 1982, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional contra Orden por la que se aclara el Régimen Fiscal de las Sociedades de Inversión Inmobiliaria y Fondos de Inversión Mobiliaria;

Resultando que el citado Tribunal se ha pronunciado sobre la cuestión debatida en los términos que se expresan en la parte dispositiva;

Resultado que concurren en este caso las circunstancias previstas en el artículo 105.1.a) de la Ley de 27 de diciembre de 1956.

Este Ministerio, ha tenido a bien disponer la ejecución, en sus propios términos, de la referida sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:

"Fallamos: Estimar el recurso de apelación interpuesto en representación de "Cartesor, Sociedad Anónima", y "Cartelar, Sociedad Anónima", contra sentencia dictada por la Sección Segunda de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con fecha 22 de octubre de 1982, en su recurso número 21.682 del año 1980, y en su consecuencia, revocamos la Sentencia apelada, declarando en su lugar que la competencia para conocer del recurso interpuesto corresponde a esta Sala; y, resolviendo sobre el fondo de la cuestiones planteadas, se estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto, por las referidas Sociedades apelantes, contra la Orden del Ministro de Hacienda de 31 de julio de 1980 y declaramos no ajustada a Derecho la Orden recurrida, anulándola en su totalidad, sin condena en costas, en ninguna de las dos instancias."

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Madrid, 10 de enero de 1986.- P. D., el Subsecretario, Miguel Martín Fernández.

Ilmo. Sr. Director general de Tributos.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 10/01/1986
  • Fecha de publicación: 13/03/1986
Materias
  • Fondos de Inversión Mobiliaria
  • Sociedades de Inversión Mobiliaria

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