Excmo. Sr.: Visto el expediente de modificación del Plan de Estudios de la Facultad de Ciencias Químicas, homologado por acuerdo del Consejo de Universidades de 10 de octubre de 1986 ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de noviembre), remitido por el Rectorado de la Universidad de Valencia para su homologación por este Consejo de Universidades, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 24, apartado 4, b), y 29 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria,
Este Consejo de Universidades, por acuerdo de su Comisión Académica de fecha 29 de julio de 1987, ha resuelto:
Primero.- Homologar desde la fecha de su impartición las modificaciones introducidas en el Plan de Estudios de la Facultad de Ciencias Químicas de la Universidad de Valencia, que quedará estructurado conforme figura en el anexo.
Lo que comunico a V. M. E. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 29 de julio de 1987.- El Secretario general del Consejo de Universidades, Emilio Lamo de Espinosa.
Excmo. Sr. Rector Magfco. de la Universidad de Valencia.
ANEXO
(VER IMAGEN PÁGINAS 30751 a 30752)
En las especialidades y cursos en que figuren asignaturas optativas, dichas asignaturas podrán ser elegidas libremente por el alumno. Además de estas asignaturas electivas recomendadas, el alumno puede considerar como optativa, cualquier otra asignatura de otra especialidad, con el visto bueno del Departamento homónimo a la orientación en que esté matriculado.
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