ILUSTRISIMO SEÑOR:
LOS TRATAMIENTOS QUE VIENEN REALIZANDOSE ANUALMENTE DESDE 1955 CONTRA LA <MOSCA DE LA FRUTA> (CERATITIS CAPITATA WIED) HAN CONSEGUIDO MANTENER CONTROLADA LA PLAGA EN BAJOS NIVELES DE POBLACION, POR LO QUE, TENIENDO EN CUENTA EL POTENCIAL DE SUS DAÑOS A LAS PRODUCCIONES DE FRUTALES Y AGRIOS Y SU CONSIDERACION DE PLAGA DE CUARENTENA INTERNACIONAL, PARTICULARMENTE EN LOS PAISES EUROPEOS CONSUMIDORES TRADICIONALMENTE DE NUESTROS AGRIOS, SE HACE NECESARIO CONTINUAR CON SU CARACTER DE CAMPAÑA FITOSANITARIA DE INTERES ESTATAL, SEGUN SE HA ACORDADO EN LA ULTIMA REUNION DE PLANIFICACION DE LA SANIDAD VEGETAL, REALIZADA EN ATENCION A LO ORDENADO EN LOS REALES DECRETOS SOBRE TRASPASOS DE FUNCIONES Y SERVICIOS DEL ESTADO A LAS COMUNIDADES AUTONOMAS EN MATERIA DE AGRICULTURA.
POR TODO ELLO, EN EL EJERCICIO DE LAS COMPETENCIAS DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO Y CON LA PARTICIPACION DE LAS COMUNIDADES AUTONOMAS AFECTADAS, TENGO A BIEN DISPONER:
PRIMERO. SE DECLARA DE INTERES ESTATAL LA CAMPAÑA CONTRA LA <MOSCA DE LA FRUTA> (CERATITIS CAPITATA WIED) PARA EL AÑO 1987 EN TODA LA SUPER FICIE DE AGRIOS AFECTADOS POR LA PLAGA Y AREAS COLINDANTES DE OTROS CULTIVOS DE FRUTALES.
SEGUNDO. LAS ZONAS DE TRATAMIENTO OBLIGATORIO SE DETERMINARAN POR LAS COMUNIDADES AUTONOMAS AFECTADAS, DE ACUERDO CON LOS MEDIOS Y MECANISMOS QUE A TAL FIN SE DISPONGAN.
TERCERO. LAS ACCIONES INDIVIDUALES NO EXIMEN DE LA OBLIGATORIEDAD DE REALIZAR LOS TRATAMIENTOS COLECTIVOS EN AQUELLAS ZONAS, AREAS O PROVINCIAS CUYA NECESIDAD EXPRESAMENTE SE DECLARE.
CUARTO. LAS SUBVENCIONES EN FORMA DE PRODUCTOS Y/O APLICACION AEREA A TRAVES DE LOS CONCURSOS QUE PARA TALES FINES ESTAN ESTABLECIDOS SERAN DE SESENTA MILLONES DE PESETAS CON CARGO AL ARTICULO 66 DEL PROGRAMA 713.A DEL PRESUPUESTO DE LA DIRECCION GENERAL DE LA PRODUCCION AGRARIA.
QUINTO. A LOS EFECTOS DE UNA EVALUACION A NIVEL NACIONAL DE LA CAMPAÑA CONTRA LA <MOSCA DE LA FRUTA>, ENTRE LAS COMUNIDADES AUTONOMAS Y EL MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION SE INSTRUMENTARA EL NECESARIO INTERCAMBIO DE INFORMACION.
MADRID, 20 DE FEBRERO DE 1987.
ROMERO HERRERA
ILMO. SR. DIRECTOR GENERAL DE LA PRODUCCION AGRARIA.
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