ILUSTRISIMOS SEÑORES:ADVERTIDA UNA DEFICIENCIA PROCEDIMENTAL EN EL NUMERO NOVENO DE LA ORDEN DE 12 DE MARZO DE 1987 POR LA QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE ADMISION DE ALUMNOS EN LOS CENTROS DOCENTES SOSTENIDOS CON FONDOS PUBLICOS PARA EL CURSO 1987 88, RESULTA PRECISO RECTIFICAR LA REDACCION DE DICHO NUMERO CON EL FIN DE SUBSANAR LA ALUDIDA DEFICIENCIA E INTRODUCIR EN ESTE ASPECTO DEL REFERIDO PROCEDIMIENTO LA OPORTUNA PRECISION, EN SU VIRTUD, ESTE MINISTERIO HA DISPUESTO:
PRIMERO. EL NUMERO NOVENO DE LA ORDEN DE 12 DE MARZO DE 1987 POR LA QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE ADMISION DE ALUMNOS EN LOS CENTROS DOCENTES SOSTENIDOS CON FONDOS PUBLICOS PARA EL CURSO 1987 88 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 14), QUEDARA REDACTADO DE LA SIGUIENTE FORMA:
<NOVENO. CONCLUIDO EL PLAZO DE ADMISION DE LAS SOLICITUDES, LOS CENTROS DONDE SE HAYAN PRESENTADO LAS MISMAS LAS REMITIRAN AL ORGANO, UNIDAD ADMINISTRATIVA O COMISION ENCARGADA DE SU CLASIFICACION POR LA RESPECTIVA DIRECCION PROVINCIAL, EN UN PLAZO NO SUPERIOR A DIEZ DIAS. DICHOS ORGANOS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS O COMISIONES DE CLASIFICACION DEVOLVERAN LAS SOLICITUDES AL CENTRO QUE EN CADA UNA DE ELLAS SE CITE EN PRIMER LUGAR EN LOS CINCO DIAS SIGUIENTES AL PLAZO ANTERIORMENTE SEÑALADO.> SEGUNDO. LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR EL MISMO DIA DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.
MADRID, 14 DE ABRIL DE 1987.
MARAVALL HERRERO
ILMOS. SRES. SUBSECRETARIO Y SECRETARIO GENERAL DE EDUCACION.
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