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El Tribunal Constitucional, por Auto de 20 de junio actual, ha acordado el alzamiento de la suspensión de la vigencia y aplicación de la disposición adicional vigésima primera de la Ley 13/1988, de 31 de diciembre, del Parlamento de Cataluña, de Presupuestos Generales de Cataluña, de sus Entidades Autónomas y de las Entidades Gestoras de la Seguridad Social para 1989, cuya suspensión se dispuso por providencia de 17 de abril pasado, dictada en el recurso de inconstitucionalidad número 568/1989, promovido por el Presidente del Gobierno, quien había invocado el artículo 161.2 de la Constitución.
Lo que se publica para general conocimiento.
Madrid, 20 de junio de 1989.-El Presidente del Tribunal Constitucional, TOMAS Y VALIENTE
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