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Documento BOE-A-1989-16440

Corrección de errores de la Orden de 29 de mayo de 1989 sobre pagos y cobros exteriores relacionados con importaciones.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 165, de 12 de julio de 1989, páginas 22150 a 22150 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1989-16440
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1989/05/29/(2)/corrigendum/19890712

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto de la citada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 139, de 12 de junio de 1989, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

En el tercer párrafo, donde dice: «... es nuestra balanza de pagos...», debe decir «... en nuestra balanza de pagos...».

En el artículo 1.°, 1.1, punto segundo, donde dice: «... depósitos comeciales...», debe decir. «... depósitos comerciales...».

En el artículo 2.°, 2, segundo párrafo, donde dice: «... realizadas por el importador...», debe decir «... realizados por el importador...».

En el artículo 2.°, 2, segundo párrafo, donde dice: «... el reembolso de los citados préstamos, en su caso, ...», debe decir «... el reembolso de los citados prestamos, en su caso, ...».

En el artículo 3.°, último apartado, donde dice: «Siempre que su realización ...», debe decir: «siempre que su realización ...».

En el artículo 3.°, b), donde dice: «Que el país de origen de las mercancías no tenga acordado con el Banco de España, a través de su correspondiente Banco Central, un Convenio de Crédito Recíproco», debe decir: «Que el país de origen o destino de las mercancías no tenga acordado con el Banco de España, a través de su correspondiente Banco Central, un Convenio de Crédito Recíproco».

En el artículo 4.°, 2. donde dice: «... incluso aquellos que sean objeto de adeudo...», debe decir «... incluso aquéllos que sean objeto de adeudo...».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 12/07/1989
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Real Decreto 1816/1991, de 20 de diciembre (Ref. BOE-A-1991-30763).
  • Fecha de derogación: 01/02/1992
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Orden de 29 de mayo de 1989 (Ref. BOE-A-1989-13281).
Materias
  • Aduanas
  • Banca
  • Cajas de Ahorro
  • Comercio exterior
  • Control de cambios
  • Dirección General de Comercio Exterior
  • Importaciones
  • Mercancías
  • Secretaría de Estado de Comercio

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