LA DISPOSICION FINAL PRIMERA DEL REAL DECRETO 2642/1985, DE 18 DE DICIEMBRE, ESTABLECE QUE EL MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA QUEDA FACULTADO PARA MODIFICAR, POR ORDEN, LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS QUE FIGURAN EN EL ANEXO DE DICHO REAL DECRETO, CUANDO ASI LO ACONSEJEN RAZONES TECNICAS DE INTERES GENERAL, PREVIO INFORME DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y URBANISMO.
LA ORDEN DE 11 DE JULIO DE 1986 MODIFICO EL CITADO ANEXO, DEBIDO A DIFICULTADES TECNICAS SURGIDAS EN LA PUESTA EN PRACTICA DE ALGUNAS DE LAS ESPECIFICACIONES QUE FIGURABAN EN DICHO ANEXO; NO OBSTANTE, TENIENDO EN CUENTA LOS CRITERIOS VIGENTES EN LA COMUNIDAD ECONOMICA EUROPEA, SE HACE NECESARIA UNA NUEVA REVISION DEL CITADO ANEXO.
EN SU VIRTUD, ESTE MINISTERIO, PREVIO INFORME FAVORABLE DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y URBANISMO, HA TENIDO A BIEN DISPONER:
PRIMERO. SE APRUEBAN LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS QUE DEBERAN CUMPLIR LOS CANDELABROS METALICOS (BACULOS Y COLUMNAS DE ALUMBRADO EXTERIOR Y SEÑALIZACION DE TRAFICO), QUE FIGURAN COMO ANEXO A ESTA ORDEN Y QUE SUSTITUYEN AL ANEXO DEL REAL DECRETO 2642/1985, DE 18 DE DICIEMBRE, MODIFICADO POR ORDEN DE 11 DE JULIO DE 1986.
SEGUNDO. PERMANECERAN VALIDAS, A LOS EFECTOS DE LO DISPUESTO EN ESTA DISPOSICION, LAS HOMOLOGACIONES CONCEDIDAS ANTES DE LA PUBLICACION DE ESTA ORDEN, AL AMPARO DEL REAL DECRETO 2642/1985, DE 18 DE DICIEMBRE.
LO QUE COMUNICO A V. I. PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS.
MADRID, 16 DE MAYO DE 1989.
ARANZADI MARTINEZ
ILMA. SRA. DIRECTORA GENERAL DE POLITICA TECNOLOGICA.
ANEXO
ESPECIFICACIONES TECNICAS QUE DEBERAN CUMPLIR LOS CANDELABROS METALICOS (BACULOS Y COLUMNAS DE ALUMBRADO EXTERIOR Y SEÑALIZACION DE TRAFICO)
1. OBJETO Y TERMINOLOGIA BASICA
1.1 LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS, ASI COMO LOS MEDIOS DE COMPROBACION DE SU CUMPLIMIENTO QUE CONTIENE EL PRESENTE ANEXO, SE REFIEREN EXCLUSIVAMENTE A LOS CANDELABROS METALICOS DE ACERO PARA ALUMBRADO EXTERIOR Y SEÑALIZACION DE TRAFICO, DE ALTURA NOMINAL MAYOR O IGUAL A 4 METROS, SEGUN LAS DEFINICIONES Y TERMINOS CONTENIDOS EN LA NORMA UNE 72-401-81.
1.2 LOS CANDELABROS A QUE SE REFIERE EL APARTADO ANTERIOR DEBERAN ESTAR PREPARADOS PARA INCORPORAR EN SU PARTE SUPERIOR CUALQUIER LUMINARIA.
2. CLASES, MODELOS E IDENTIFICACION
2.1 CLASES: LOS CANDELABROS PUEDEN SER DE DOS CLASES:
BACULOS O COLUMNAS DE UNO O MAS BRAZOS, SEGUN EL APARTADO 2.4 DE LA NORMA UNE 72-401-81.
COLUMNAS RECTAS FORMADAS POR UNO O MAS TRAMOS ACOPLADOS DE MANERA QUE SE GARANTICE LA CONTINUIDAD EN LA TRANSMISION DE ESFUERZOS.
2.2 MODELOS: EN ESTA ESPECIFICACION TECNICA SE NORMALIZAN CINCO MODELOS DIFERENTES DE CANDELABROS METALICOS, CUYAS CARACTERISTICAS SE DETALLAN MAS ADELANTE Y SE DESIGNAN: AM-10, AP-11, AZ-12, AB-13 Y CA-14.
2.3 IDENTIFICACION: LOS CANDELABROS SE IDENTIFICARAN MEDIANTE TROQUELADO REALIZADO EN LUGAR FACILMENTE VISIBLE UNA VEZ COLOCADO EN SU POSICION DEFINITIVA, EN EL QUE FIGURARAN COMO MINIMO EL DISTINTIVO DE LA MARCA DE CONFORMIDAD DE LA PRODUCCION Y SU NUMERO DE IDENTIFICACION.
3. CARACTERISTICAS Y METODOS DE ENSAYO
LA TOMA DE MUESTRAS PARA LA COMPROBACION DE LAS CARACTERISTICAS EXIGIDAS SE REALIZARA SEGUN LA NORMA UNE 66-020-73.
3.1 MATERIALES:
3.1.1 MATERIAL BASE: LOS CANDELABROS SERAN DE ACERO DE CALIDAD MINIMA AE-235, GRADO B, SEGUN NORMA UNE 36-080-1985, PRIMERA PARTE.
LAS CARACTERISTICAS QUIMICAS DEL ACERO SE ACREDITARAN MEDIANTE EL ANALISIS DE COLADA FACILITADO POR EL PROVEEDOR, O MEDIANTE ANALISIS REALIZADO SEGUN LAS NORMAS UNE 36.400, 7019, 7029 Y 7349.
LA TOMA DE MUESTRAS PARA LA DETERMINACION DE LAS CARACTERISTICAS MECANICAS DEL ACERO SE OBTENDRAN DE ACUERDO CON LA NORMA UNE 36-401.
LAS CARACTERISTICAS MECANICAS DEL ACERO SE COMPROBARAN MEDIANTE ENSAYO DE TRACCION, SEGUN LA NORMA UNE 36-401, SOBRE MUESTRAS EXTRAIDAS DEL PRODUCTO SIDERURGICO QUE SIRVA DE BASE A LA FABRICACION DEL CANDELABRO.
3.1.2 PROTECCION DE SUPERFICIES: CUANDO LA PROTECCION DE LA SUPERFICIE SE REALICE MEDIANTE GALVANIZADO EN CALIENTE, SE DEBERAN CUMPLIR LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LOS RECUBRIMIENTOS GALVANIZADOS A QUE SE REFIERE EL REAL DECRETO 2531/1985, DE 18 DE DICIEMBRE.
SE ADMITIRAN IGUALMENTE LAS PROTECCIONES DE SUPERFICIE CONTEMPLADAS EN LOS APARTADOS 4.2, 4.3 Y 4.4 DE LA NORMA UNE 72-404-84, VERIFICANDOSE SUS CARACTERISTICAS SEGUN LAS ESPECIFICACIONES CONTENIDAS EN DICHA NORMA UNE.
3.2 CONICIDAD: SE DEFINE COMO LA VARIACION PORCENTUAL DE LA SECCION TRANSVERSAL A LO LARGO DE LA DIRECTRIZ DEL CANDELABRO, Y DEBERA SER DEL 1,25 POR 100 +- 0,1.
3.3 ESPESOR: EL ESPESOR MINIMO DE LA PARED DEL CANDELABRO, EN FUNCION DEL DIAMETRO DE LA SECCION, SERA EL QUE FIGURA EN LA SIGUIENTE TABLA, CON UNA TOLERANCIA DE 10 POR 100.
7.6.7,6.0,5.1.0
ESPESOR
DIAMETRO MINIMO
MILIMETROS MILIMETROS
< 140 2,50
140 <= 200 3,00
> 200 4,00
3.4 DIMENSIONES BASICAS DE LOS CANDELABROS:
3.4.1 LA ALTURA NOMINAL H, Y EL DIAMETRO EN PUNTA D, DE LAS COLUMNAS, SE AJUSTARAN A ALGUNA DE LAS COMBINACIONES QUE FIGURAN EN EL CUADRO I.
LAS DIMENSIONES BASICAS DE LAS COLUMNAS CA-14 LAS FIJARA EL FABRICANTE DE ACUERDO CON LOS RESULTADOS DEL CALCULO.
3.4.2 LA ALTUA NOMINAL H, Y EL VUELO W, EL RADIO R Y EL DIAMETRO EN PUNTA DE LOS BACULOS SE AJUSTARAN A ALGUNA DE LAS COMBINACIONES DEL CUADRO II.
3.4.3 TOLERANCIAS ADMISIBLES EN LAS DIMENSIONES BASICAS: LAS TOLERANCIAS ADMISIBLES PARA LA RECTITUD, LA ALTURA NOMINAL, EL VUELO, EL AMGULO DE INCLINACION Y LA SECCION SERAN LAS DEL CAPITULO 8 DE LA NORMA UNE 72-402-80. A ESTOS EFECTOS, LA ALTURA NOMINAL DE LOS BACULOS CON ANGULO DE INCLINACION A DISTINTO DE 0, SE INCREMENTARA CON UNA ALTURA ADICIONAL H = R SEN A CONSIDERANDOSE LAS TOLERANCIAS SOBRE LA ALTURA NOMINAL INCREMENTADA.
LA TOLERANCIA ADMISIBLE EN EL RADIO DE LOS BACULOS, CALCULADO A PARTIR DE LA LONGITUD DEL ARCO QUE FORMA LA GENERATRIZ DEL BACULO, SERA DE +- 5 POR 100 RESPECTO AL VALOR NOMINAL.
3.5 SISTEMAS DE SUSTENTACION: LOS CANDELABROS SE SUSTENTARAN MEDIANTE EMPOTRAMIENTO, PLACA DE BASE, PLACA DE ASIENTO O PLACA EMBUTIDA.
3.5.1 LOS SISTEMAS DE EMPOTRAMIENTO Y PLACA DE BASE SE ADAPTARAN A LO PRESCRITO EN LA NORMA UNE 72-402-80.
3.5.2 LAS DIMENSIONES Y CARACTERISTICAS DE LA PLACA DE ASIENTO Y DE LA PLACA EMBUTIDA SERAN LAS QUE SE DERIVEN DEL CALCULO, RECOMENDANDOSE LA ADAPTACION A LAS DIMENSIONES QUE FIGURAN EN LAS FICHAS TECNICAS.
LA PLACA EMBUTIDA SE UTILIZARA SIEMPRE PROTEGIDA MEDIANTE GALVANIZADO EN CALIENTE DE LA TOTALIDAD DEL CANDELABRO, DEBIENDO CUMPLIR LAS SIGUIENTES ESPECIFICACIONES:
LA PROFUNDIDAD DE EMBUTICION SERA, COMO MINIMO, 20 MILIMETROS.
EL DIAMETRO INSCRITO AL LIMITE SUPERIOR DE LA EMBUTICION SERA, COMO MINIMO, IGUAL AL DIAMETRO EXTERIOR DEL FUSTE.
3.5.3 LAS TOLERANCIAS ADMISIBLES SOBRE LOS VALORES NOMINALES DE LAS DIMENSIONES SERAN DE +- 5 POR 100, EXCEPTO EL ESPESOR DE LA PLACA, QUE SERA DE +- 10 POR 100.
3.6 REGISTRO:
LAS DIMENSIONES Y CARACTERISTICAS DE LOS REGISTROS, EN LO QUE SE REFIERE A LA ALTURA, DIMENSIONES Y REFUERZOS, SERAN TALES QUE NO SE PRODUZCA DISMINUCION DE LA SEGURIDAD EN EL CALCULO DE LAS SECCIONES AFECTADAS, RECOMENDANDOSE SU ADAPTACION A LAS DIMENSIONES QUE FIGURAN EN LAS FICHAS TECNICAS.
LAS TOLERANCIAS ADMISIBLES RESPECTO A LOS VALORES NOMINALES SERAN +-5 POR 100, EXCEPTO PARA LA ALTURA, QUE SERA DE +- 1,2 POR 100.
4. CALCULO DE LOS CANDELABROS
EL CALCULO SE REALIZARA DE ACUERDO CON LA NORMA UNE 72-406-84, EL INFORME CEN CR 40-7 Y CON ARREGLO A LOS SIGUIENTES CRITERIOS DE CALCULO.
4.1 LUMINARIA TIPO: LOS CANDELABROS SE CALCULARAN PARA SOPORTAR, EN SU EXTREMO LIBRE, UNA LUMINARIA TIPO DE FORMA PARALEPIPEDICA DE 4.500 CENTIMETROS CUADRADOS DE SUPERFICIE PLANA, DE EXPOSICION AL VIENTO EN CUALQUIER DIRECCION Y UNA MASA DE 30 KILOGRAMOS.
SI SE PREVE LA POSIBILIDAD DE DISPONER MAS DE UNA LUMINARIA, EL CALCULO SE REALIZARA PARA TANTAS LUMINARIAS TIPO COMO SE PROYECTEN SITUADAS EN LA POSICION QUE OCUPEN EFECTIVAMENTE SEGUN EL DISEÑO.
4.2 PERIODO DE OSCILACION T DEL CANDELABRO: PARA LA DETERMINACION DEL PERIODO DE OSCILACION T DEL CANDELABRO NECESARIO PARA LA OBTENCION DEL COEFICIENTE B, PODRA UTILIZARSE CUALQUIERA DE LAS FORMULAS ACEPTADAS UNIVERSALMENTE (RAYLEIGH, DUNKERLEY, VIANELLO, STODOLA).
4.3 FACTOR DE CORRECCION: SE TOMARA K = 2 CUANDO NO SE ESPECIFIQUE LA ZONA CONCRETA DE INSTALACION. CUANDO SE ESPECIFIQUE ESTA, EL VALOR DE K SERA CALCULADO DE ACUERDO CON LA NORMA TECNOLOGICA NTE-ECV <ESTRUCTURAS.
CARGAS DE VIENTO>.
4.4 COMBINACION DE ACCIONES: LOS CANDELABROS SE CALCULARAN PARA LA ACCION COMBINADA DEL PESO PROPIO P Y DEL VIENTO W, MEDIANTE LA PONDERACION DE LAS CARGAS CON LOS COEFICIENTES 1,33 Y 1,5, SEGUN LA FORMULA SIGUIENTE: 1,33 P + 1,5 W.
4.5 SALVO JUSTIFICACION MAS PRECISA, MEDIANTE CALCULO DINAMICO, SE UTILIZARA UN METODO DE CALCULO ESTETICO, MULTIPLICANDO LAS CARGAS DEBIDAS AL VIENTO POR UN COEFICIENTE NO MENOR A 1,3.
5.
VERIFICACION DEL PROYECTO DE CANDELABROS MEDIANTE
CALCULO
EL FABRICANTE PRESENTARA UNA FICHA TECNICA POR CADA MODELO A HOMOLOGAR, A LA QUE ADJUNTARA UNA FICHA DE CALCULO, SEGUN LOS MODELOS ADJUNTOS, EN LOS QUE FIGURARAN:
A) DIMENSIONES BASICAS DE TODOS LOS CANDELABROS PERTENECIENTES A DICHO MODELO.
B) ESPESOR DE LA PARED DEL CANDELABRO, CAPAZ DE RESISTIR LAS SOLICITACIONES OBTENIDAS MEDIANTE EL CALCULO.
C) SOLICITACIONES MECANICAS QUE SE PRODUCEN EN LA BASE, EN EL REGISTRO Y EN CUALQUIER OTRA SECCION CRITICA QUE PUEDA EXISTIR EN EL CANDELABRO.
5.3 CARACTERISTICAS DE LAS COLUMNAS CA-14: PARA LAS COLUMNAS MODELO CA-14, EL FABRICANTE SUMINISTRARA, JUNTO CON LAS DIMENSIONES BASICAS, EL ESPESOR, LOS MODULOS RESISTENTES MAXIMOS A TORSION Y FLEXION, EL AREA DE LA SECCION RESISTENTE EN EL REGISTRO Y EN LA BASE. IGUALMENTE, JUSTIFICARA LA TRANSMISION DE ESFUERZOS ENTRE LOS DISTINTOS TRAMOS QUE COMPONEN LA COLUMNA.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid