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Documento BOE-A-1989-3802

Conflicto positivo de competencia número 683/1988, promovido por el Consejo Ejecutivo de la Generalidad de Cataluña, en relación con determinados preceptos del Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre.

Publicado en:
«BOE» núm. 41, de 17 de febrero de 1989, páginas 4743 a 4743 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-1989-3802

TEXTO ORIGINAL

El Tribunal Constitucional, por auto de 8 de febrero actual, ha acordado tener por desistido al Consejo Ejecutivo de la Generalidad de Cataluña, del conflicto positivo de competencia número 683/88, promovido por dicho Consejo frente al Gobierno de la Nación, en relación con el Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 50/1985, de incentivos regionales para la corrección de los desequilibrios económicos interterritonales y en concreto los artículos 3.°3, 5.°l, 18 y 21.1 y 2, en conexión con estos dos últimos preceptos los artículos 19, 20 y 26.1; 23.1 y 3; 29.2; 30.2; 32.1, y 34.2 y 3.

Lo que se publica para general conocimiento.

Madrid, 8 de febrero de 1989.-El Presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Tomás y Valiente.-Firmado y rubricado.

ANÁLISIS

  • Rango: Auto
  • Fecha de disposición: 08/02/1989
  • Fecha de publicación: 17/02/1989
Referencias anteriores
  • DECLARA el desistimiento del recurrente en el CONFLICTO 683/1988 (Ref. BOE-A-1988-11168).
Materias
  • Cataluña
  • Comunidades Autónomas
  • Conflictos de Competencia
  • Dirección General de Incentivos Económicos Regionales
  • Industrias
  • Industrias de interés preferente
  • Inversiones
  • Ministerio de Economía y Hacienda
  • Polígonos industriales
  • Polos de promoción y de desarrollo industrial
  • Subvenciones
  • Tribunal Constitucional

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