EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE CANARIAS
SEA NOTORIO A TODOS LOS CIUDADANOS QUE EL PARLAMENTO DE CANARIAS HA APROBADO Y YO, EN NOMBRE DEL REY Y DE ACUERDO CON LO QUE ESTABLECE EL ARTICULO 11.7 DEL ESTATUTO DE AUTONOMIA, PROMULGO Y ORDENO LA PUBLICACION DE LA SIGUIENTE LEY:
ARTICULO UNICO. SE AUTORIZA AL GOBIERNO DE CANARIAS LA PERMUTA, SIN DIFERENCIA DE VALOR, DE LAS FINCAS QUE SE DESCRIBEN EN EL ANEXO UNICO DE LA PRESENTE LEY. EN CUALQUIER CASO, LA DEMOLICION Y EL DESESCOMBRO DE LA PARCELA DONDE ESTA LA ESTRUCTURA DEL HOTEL CORRERA A CARGO DE SU ACTUAL PROPIETARIO.
DISPOSICION FINAL
LA PRESENTE LEY ENTRARA EN VIGOR AL DIA SIGUIENTE DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DE CANARIAS>.
POR TANTO, ORDENO A TODOS LOS CIUDADANOS A LOS QUE SEA DE APLICACION ESTA LEY COOPEREN EN SU CUMPLIMIENTO Y QUE LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES A LOS QUE CORRESPONDA LA CUMPLAN Y LA HAGAN CUMPLIR.
EN SANTA CRUZ DE TENERIFE, A 15 DE FEBRERO DE 1989.
LORENZO OLARTE CULLEN
PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE CANARIAS
ANEXO
A) FINCA PROPIEDAD DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CANARIAS:
PORCION DE TERRENO QUE, EN PARTE, ES PARTE DEL POLIGONO 5 DEL DENOMINADO MONTAÑA DE ARENA, DEL PLAN GENERAL DE ORDENACION MASPALOMAS COSTA CANARIA, EN EL PUNTO CONOCIDO POR MORRO DEL PASITO BLANCO Y, EN PARTE, DONDE LLAMAN VALLE DE MASPALOMAS, EN EL LUGAR DENOMINADO PLAYA DE LA COMETA, TERMINO MUNICIPAL DE SAN BARTOLOME DE TIRAJANA.
OCUPA UNA SUPERFICIE DE 160.000 METROS CUADRADOS.
Y LINDA: AL NORTE, CON RESTO DE LA FINCA MATRIZ; AL SUR, CON DESLINDE MARITIMO; AL NACIENTE, CON CAMINO ABIERTO EN LA FINCA MATRIZ, QUE LA SEPARA DE ELLAS, Y AL PONIENTE, EN PARTE, CON DESLINDE MARITIMO Y, EN PARTE, CON EL RESTO DE LA FINCA MATRIZ.
B) FINCA PROPIEDAD DE LA ENTIDAD MERCANTIL <CENTRO HELIOTERAPICO DE CANARIAS, SOCIEDAD ANONIMA>:
PARCELA SITUADA EN LA URBANIZACION DENOMINADA <EL OASIS DE MASPALOMAS>, DONDE EXISTE HOY UNA CONSTRUCCION PROVISIONAL HELIOTERAPICA, QUE OCUPA UNA SUPERFICIE DE 49.560,55 METROS CUADRADOS, SEGUN MEDICION, Y QUE LINDA: POR EL NORTE, SUR, ESTE Y OESTE, CON LA ZONA DE LAS DUNAS DE LA FINCA DE QUE SE SEGREGA; DENTRO DE LA MISMA SE ENCUENTRA OTRO EDIFICIO EN CONSTRUCCION DESTINADO A HOTEL, QUE SE COMPONDRA DE PLANTA DE SEMISOTANO, PLANTA PRINCIPAL, ENTREPLANTA, TRES PLANTAS DE HABITACIONES Y ATICO; CONSTA DE ALMACENES, SALONES, COCINAS, VESTIBULOS, 155 HABITACIONES Y 5 APARTAMENTOS, ESTOS ULTIMOS SITUADOS EN LA PLANTA ATICO. DICHOS EDIFICIOS ESTAN RODEADOS DE JARDIN O ZONA VERDE, Y LIMITA EL TODO: AL NORTE, SUR, ESTE Y OESTE, CON LA ZONA DE LAS DUNAS PROPIEDAD DE DON ALEJANDRO DEL CASTILLO Y DEL CASTILLO. OCUPA EL TODO UNA SUPERFICIE DE 30.000 METROS CUADRADOS, DE LOS CUALES CORRESPONDEN:
3.500 METROS CUADRADOS, AL EDIFICIO PRIMERAMENTE CITADO Y CUYA CONSTRUCCION ESTA INCLUIDA, Y 3.400 METROS CUADRADOS, AL RESEÑADO EN SEGUNDO TERMINO, EN CONSTRUCCION; ESTANDO DESTINADA EL RESTO DE LA SUPERFICIE A JARDIN O ZONA VERDE.
(PUBLICADA EN EL <BOC> NUMERO 25, DE 17 DE FEBRERO DE 1989.)
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