EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 11 DE JULIO ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE LA CUESTION DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 1.477/1990, PLANTEADA POR EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION DE ORDES, POR SUPUESTA INCONSTITUCIONALIDAD DE LA EXPRESION <DESDE LA FECHA DEL SINIESTRO> CONTENIDA EN LA DISPOSICION ADICIONAL TERCERA DE LA LEY ORGANICA 3/1989, DE 21 DE JUNIO, DE MODIFICACION DEL CODIGO PENAL, POR PODER VULNERAR EL ARTICULO 24.1 DE LA CONSTITUCION.
LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.
MADRID, 11 DE JULIO DE 1990.
EL SECRETARIO DE JUSTICIA. FIRMADO Y RUBRICADO.
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