EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO
SEA NOTORIO A TODOS LOS CIUDADANOS QUE EL PARLAMENTO DE CANARIAS HA APROBADO Y YO, EN NOMBRE DEL REY Y DE ACUERDO CON LO QUE ESTABLECE EL ARTICULO 11, 7, DEL ESTATUTO DE AUTONOMIA PROMULGO Y ORDENO LA PUBLICACION DE LA SIGUIENTE LEY:
PREAMBULO
ES OBJETO DE LA PRESENTE LEY DETERMINAR LA CAPITALIDAD DEL PARTIDO JUDICIAL NUMERO 7 DE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS, CREADO POR LEY 38/1988, DE 28 DE DICIEMBRE, DE DEMARCACION Y DE PLANTA JUDICIAL, E INTEGRADA POR LOS SIGUIENTES TERMINOS MUNICIPALES: ARTENARA, ARUCAS, FIRGAS, TEJEDA, TEROR Y VALLESECO.
DE LOS MUNICIPIOS INTEGRANTES DEL PARTIDO JUDICIAL NUMERO 7 DE LAS PALMAS, ARUCAS GARANTIZA EL FACIL ACCESO DE LOS CIUDADANOS A LOS JUZGADOS, EVITANDOSE UNA DISPERSION EXCESIVA DE MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES AL CONTAR AQUELLA CIUDAD CON ACTUAL JUZGADO DE DISTRITO, RESPONDIENDO ASI A LA NOTA DE EFECTIVIDAD CON QUE EL ARTICULO 24 DE LA CONSTITUCION CONSAGRA EL DERECHO A LA TUTELA POR LOS JUECES Y TRIBUNALES DE LOS DERECHOS E INTERESES LEGITIMOS DE LOS CIUDADANOS Y SIGUIENDO AL PROPIO TIEMPO EL PRINCIPIO DE MAXIMA PROXIMIDAD A LOS CIUDADANOS, QUE DEBE PERSEGUIR TODA ADMINISTRACION.
A ESTAS CIRCUNSTANCIAS SON DE AÑADIR TODAS LAS QUE SE CONSIDERAN EN EL PREAMBULO DE LA LEY SEÑALADA DE DEMARCACION Y DE PLANTA JUDICIAL, ASI COMO LA CONTEMPLADA POR LA DISPOSICION TRANSITORIA PRIMERA DEL MISMO CUERPO LEGAL, ATINENTES A QUE ALLI RADICA EL UNICO JUZGADO DE DISTRITO DEL PARTIDO JUDICIAL Y TIENE MAYOR POBLACION QUE EL RESTO DE LOS MUNICIPIOS INTEGRANTES DE LA NUEVA DEMARCACION.
ARTICULO UNICO. SE ESTABLECE EN ARUCAS LA CAPITALIDAD DEL PARTIDO JUDICIAL NUMERO 7 DE LOS DE LAS PALMAS, CON LA DENOMINACION DE <PARTIDO JUDICIAL DE ARUCAS>, INTEGRADO POR LOS SIGUIENTES TERMINOS MUNICIPALES: ARTENARA, ARUCAS, FIRGAS, TEJEDA, TEROR Y VALLESCO.
DISPOSICION FINAL
ESTA LEY ENTRARA EN VIGOR EL MISMO DIA DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DE CANARIAS>.
POR TANTO, ORDENO A TODOS LOS CIUDADANOS A LOS QUE SEA DE APLICACION ESTA LEY, COOPEREN EN SU CUMPLIMIENTO Y QUE LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES A LOS QUE CORRESPONDA LA CUMPLAN Y HAGAN CUMPLIR.
SANTA CRUZ DE TENERIFE, 26 DE DICIEMBRE DE 1989.
LORENZO OLARTE CULLEN,
PRESIDENTE DEL GOBIERNO
(PUBLICADA EN EL <BOLETIN OFICIAL DE CANARIAS> NUMERO 170, DE 29 DE DICIEMBRE DE 1989)
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