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Documento BOE-A-1990-8116

Resolución de 29 de marzo de 1990 por la que se corrigen errores de la de 21 de marzo de 1990, del Consorcio de Compensación de Seguros, por la que se aprueban los ingresos en que deberán realizarse las declaraciones-liquidaciones de primas y recargos recaudadas por cuenta del Consorcio.

Publicado en:
«BOE» núm. 78, de 31 de marzo de 1990, páginas 9052 a 9053 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1990-8116
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1990/03/29/(1)

TEXTO ORIGINAL

Advertidas erratas en la publicación de la Resolución de 21 de mano de 1990. inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 74, de 27 de marzo de 1990, se transcriben a continuación las oportunas correcciones:

Página 8553, primera columna, segundo párrafo, segunda línea, donde dice: «primas el seguro obligatorio de viajeros», debe decir: «primas del seguro obligatorio de viajeros».

Página 8553, segunda columna, apartado cuarto, última línea, donde dice: «justificante del ingeso de la liquidación», debe decir: «justificante del ingreso de la liquidación».

Página 8555, se sustituye por la fotoimpresión que se adjunta.

Madrid, 29 de marzo de 1990.-El Presidente, Guillermo Kessler Saiz.

(VER IMAGEN, PÁGINA 9053)

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 29/03/1990
  • Fecha de publicación: 31/03/1990
Referencias anteriores
  • CORRIGE errores en la Resolución de 21 de marzo de 1990 (Ref. BOE-A-1990-7734).
Materias
  • Consorcio de Compensación de Seguros
  • Seguro de riesgos extraordinarios
  • Seguro obligatorio de viajeros
  • Seguros de vehículos de motor

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